Mónica ha heredado un piso que era propiedad de su madre. Se está planteando alquilarlo tal como está, con muebles, y quiere saber por cúanto tiempo quedará obligada en caso de que lo haga y si al alquilarlo con muebles puede exigir una fianza mayor.
La fianza en el arrendamiento de vivienda que se destina a vivienda habitual es el importe equivalente a una mensualidad de renta, se trate de una vivienda amueblada o no. Ahora bien, es recomendable incluir un inventario detallado en el contrato incluyendo la descripción de los bienes existentes en cada habitación e, incluso, si es posible fotos del estado de los mismos. Además, en la medida de lo posible, es interesante exigir alguna garantía adicional como, por ejemplo, un fiador solidario o un aval bancario.
En cuanto a la duración, puede estipularse en el contrato la que las partes deseen. No obstante, el tiempo mínimo para los nuevos contratos, siempre y cuando el inquilino quiera hacer uso de este derecho, es de tres años. Por otro lado, la nueva regulación incluye la posibilidad de que el inquilino desista del contrato antes de su finalización o de que el arrendador pueda recuperar la vivienda antes de tiempo siempre y cuando concurran determinadas circunstancias.
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