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	<title>El estado de alarma y los asuntos legales y judiciales. | TUS DERECHOS CON LUPA - Blogs elcomercio.es</title>
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	<description>Un espacio en el que puedes encontrar respuestas incluso aunque aun no te hayas planteado la pregunta...</description>
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		<title>El estado de alarma y los asuntos legales y judiciales. | TUS DERECHOS CON LUPA - Blogs elcomercio.es</title>
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		<pubDate>Tue, 17 Mar 2020 13:26:57 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Cuervo y Alfageme</dc:creator>
		                		<category><![CDATA[Uncategorized]]></category>
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		<description><![CDATA[El avance del coronavirus está afectando, de una u otra manera, a todos los aspectos de nuestra vida. La expansión del virus conlleva la expansión de nuevos hábitos y la modificación de nuestro sistema anterior de vida, máxime desde que se ha decretado el estado de alarma. Con esta nueva situación, y ante las dudas [&#8230;]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<!DOCTYPE html PUBLIC "-//W3C//DTD HTML 4.0 Transitional//EN" "http://www.w3.org/TR/REC-html40/loose.dtd">
<html><head><meta http-equiv="content-type" content="text/html; charset=utf-8"></head><body><p><a href="https://static-blogs.elcomercio.es/wp-content/uploads/sites/3/2020/03/Blog-1.jpg"><img loading="lazy" class="alignnone size-full wp-image-2757" src="https://static-blogs.elcomercio.es/wp-content/uploads/sites/3/2020/03/Blog-1.jpg" alt="" width="1214" height="749" srcset="https://static-blogs.elcomercio.es/wp-content/uploads/sites/3/2020/03/Blog-1.jpg 1214w, https://static-blogs.elcomercio.es/wp-content/uploads/sites/3/2020/03/Blog-1-300x185.jpg 300w, https://static-blogs.elcomercio.es/wp-content/uploads/sites/3/2020/03/Blog-1-768x474.jpg 768w, https://static-blogs.elcomercio.es/wp-content/uploads/sites/3/2020/03/Blog-1-1024x632.jpg 1024w" sizes="(max-width: 1214px) 100vw, 1214px"></a></p>
<p>El avance del coronavirus está afectando, de una u otra manera, a todos los aspectos de nuestra vida. La expansión del virus conlleva la expansión de nuevos hábitos y la modificación de nuestro sistema anterior de vida, máxime desde que se ha decretado el estado de alarma.</p>
<p>Con esta nueva situación, y ante las dudas que nos están trasladando nuestros clientes y conocemos existen en el conjunto de la población, estas son las principales medidas adoptadas en el Real Decreto de 14 de marzo en el ámbito legal y procesal ya en vigor:</p>
<ul>
<li>Se suspenden términos y se suspenden e interrumpen los plazos procesales previstos en las leyes en todos los órdenes jurisdiccionales.</li>
<li>El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el real decreto de estado de alarma o, si hubiera prórrogas como es previsible, cuando estas finalicen.</li>
<li>Esta suspensión e interrupción global no va a resultar de aplicación en determinados casos, que son los siguientes:
<ul>
<li>En el orden jurisdiccional penal: la suspensión e interrupción no se aplica a los procedimientos de habeas corpus, a las actuaciones encomendadas a los servicios de guardia, a las actuaciones con detenidos, a las órdenes de protección, a las actuaciones urgentes en materia de vigilancia penitenciaria y a cualquier medida cautelas en materia de violencia contra la mujer o menores. Además, en la fase de instrucción, el juez o tribunal competente puede acordar la práctica de actuaciones que se consideren urgentes y, por tanto, inaplazables.</li>
<li>En el resto de órdenes jurisdiccionales, la interrupción no se aplicará en los siguientes supuestos:
<ul>
<li>El procedimiento para la protección de derechos fundamentales de la persona previsto en la ley de la jurisdicción contencioso-administrativa, la tramitación de autorizaciones y ratificaciones judiciales relativas a la entrada en domicilios, así como medidas que las autoridades sanitarias consideren urgentes y necesarias para la salud pública e impliquen la restricción o limitación de la libertad u otro derecho fundamental.</li>
<li>Los procedimientos de conflicto colectivo y para la tutela de los derechos fundamentales y libertades públicas regulados en la ley de la jurisdicción social.</li>
<li>La autorización judicial para el internamiento no voluntario por razón de trastorno psíquico prevista en la ley de enjuiciamiento civil y la adopción de medidas de protección de menores previstas en el artículo 158 del Código Civil.</li>
</ul>
</li>
</ul>
</li>
</ul>
<div class="voc-advertising voc-adver-inter-text hidden-md hidden-lg voc-adver-blogs-entries"></div><p>No obstante, el juez o tribunal puede acordar la práctica de otras actuaciones judiciales cuando sean necesarias para evitar perjuicios irreparables en los derechos e intereses legítimos de las partes en el proceso.</p>
<p>También se suspenden los plazos administrativos y los plazos de prescripción y caducidad de las acciones.</p>
<p>Las excepciones son, por tanto, muy pocas y prácticamente queda paralizada la vida judicial. Lo más importante en este momento es dar cumplimiento a las órdenes del gobierno y aplicar el sentido común y la empatía en todas nuestras relaciones personales y también en aquellas que tengan contenido jurídico para evitar conflictos innecesarios.</p>
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<p> </p>
</body></html>
<hr />
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