En tiempos de crisis resulta si cabe más difícil comprar una vivienda. Una solución habitual suele ser recurrir a la ayuda de los padres, cuando éstos cuentan con una segunda vivienda que no usan. Los padres, de buena fe y, por lo general, sin exigir la firma de ningún documento, ceden esa vivienda a su hijo o hija que se casa (o forma pareja estable) instalándose en ella. Pasa el tiempo, llegan los niños y, mientras todo va bien, no hay mayor problema. El problema surge cuando los padres quieren recuperar esa vivienda y es el hijo el que no quiere devolverla. O, peor aún, cuando el hijo se divorcia y en el procedimiento judicial correspondiente se atribuye la custodia de los niños y el uso de esa vivienda al otro progenitor, casualmente el que no resulta ser hijo de los propietarios de la vivienda. Los padres que de buena fe cedieron su vivienda se encuentran entonces ante una situación que no comprenden y se ven forzados a recuperar el uso de su propiedad recurriendo a un desahucio, solución no solo traumática, sino muchas veces de resultado incierto.
Las sentencias que venían resolviendo esta cuestión eran muchas veces contradictorias, concediendo su apoyo unas veces a los padres, otras a los ocupantes de la vivienda, lo que generaba cierta inseguridad jurídica. Hace unos meses el Tribunal Supremo se ha pronunciado, sentando una línea jurisprudencial de gran importancia, que delimita la diferencia entre un precario y un comodato o préstamo de uso y da las pautas para solucionar de una forma clara este tipo de conflictos (STS de 2 de octubre de 2008). Sin detenernos en pormenores legales, diremos que ahora lo tienen un poco más fácil los que quieran recuperar su vivienda. En cualquier caso, nuestro consejo para estas situaciones sigue siendo el mismo que antes de la citada sentencia: conviene que las condiciones en que la cesión de la vivienda se produce se fijen por escrito. Si los padres desean recuperar el uso cuando tengan por conveniente y no exponerse a riesgos innecesarios lo mejor es documentar por escrito la situación, estableciendo expresamente que se trata de una situación de precario.