Una persona que se identifica como Rocco nos plantea la situación de una pareja que son novios en la actualidad y se están planteando la posibilidad de vivir juntos o de casarse. El ha comprado un piso a su nombre. Nos pregunta qué derechos tendría la novia respecto de ese piso en las posibles situaciones hipotéticas que se vayan dando: situación actual de noviazgo, constituir una pareja de hecho con o sin hijos y casarse.
La consulta que nos planteas puede dar lugar a una respuesta muy extensa, pues son muchas las posibilidades que se pueden presentar. Limitándonos al espacio del que disponemos podemos decirte que si solamente existe una situación de noviazgo, la novia no tiene derecho alguno sobre el piso adquirido en exclusiva por su pareja.
En caso de que se constituyera una pareja de hecho, habría que tomar en cuenta el lugar de residencia, pues la normativa varía en función de la comunidad autónoma. En Asturias no existen para la pareja de hecho derechos en caso de ruptura sobre la vivienda propiedad del otro conviviente, ni tampoco derechos hereditarios (a no ser que se hubiera hecho testamento estableciendo algún derecho de forma expresa). Si hubiera hijos habría que valorar la posibilidad de solicitar el uso de la vivienda a favor de éstos en un procedimiento judicial pero no existe una regulación análoga a la del matrimonio para estos casos.
Si contrajeran matrimonio esa vivienda tendría el carácter de domicilio familiar, no pudiendo su propietario venderla ni gravarla sin consentimiento del cónyuge. Además, si el régimen económico fuera el de gananciales y se realizasen pagos a plazos de esa vivienda durante el matrimonio, una parte de la misma tendría naturaleza ganancial, lo que debería tomarse en cuenta a la hora de realizar la liquidación del régimen económico. Por último, si existieran hijos en ese matrimonio, en caso de ruptura el uso de la vivienda familiar podría llegar a concederse a los niños y a aquel de los progenitores a quién se atribuyera su custodia.