Son muchas las personas que son reacias tan siquiera a pensar en otorgar testamento porque es un documento tan íntimamente relacionado con la muerte que parece que su realización nos obliga cuando menos a colocarnos en esa eventualidad y a dar soluciones a los problemas que puedan surgir tras nuestra ausencia. Sin embargo, desde nuestro punto de vista, es muy importante valorar esta posibilidad y plantearse seriamente hacerlo y ello con independencia de la edad que tengamos en cada momento porque en cada situación puede ser interesante por diferentes motivos y porque no es un acto definitivo, si cambian las circunstancias vitales, puede modificarse en tantas ocasiones como resulte necesario o nos apetezca cambiar nuestro criterio.
Pongamos algún ejemplo para ilustrar mejor este consejo. En el caso de una pareja que aún no tenga hijos, si fallece uno de los dos sin testamento, son herederos los ascendientes del fallecido y el cónyuge sólo tiene derecho a un determinado porcentaje en concepto de usufructo. Si se hace testamento, se puede utilizar la parte de libre disposición para mejorar la situación del cónyuge y que no tenga que “discutir” con su familia política por elementos tan esenciales como puede ser la que hasta ese momento ha venido siendo su vivienda familiar. Otro supuesto típico pero completamente diferente: un matrimonio con hijos ya mayores. Si fallece uno de los dos sin testamento estamos en una situación similar y no hay que olvidar que el derecho de usufructo se puede liquidar con una cantidad en efectivo, la fijación de una renta vitalicia… con el cónyuge, ya mayor, probablemente con una pensión pequeña, puede verse en una situación comprometida si los hijos deciden no aplicar la ley rigurosamente sin importarles la parte personal. Al hacer testamento podemos describir mejor en qué debe consistir el usufructo o incluso dejar a nuestro cónyuge un bien en concreto siempre respetando las legítimas del resto de los herederos.
Desde luego son ejemplos que parten de relaciones familiares no muy amistosas pero la realidad nos indica que estos casos son mucho más frecuentes de lo deseable.
Por otro lado, hacer testamento abierto ante una Notaría es relativamente sencillo, muy barato y evita, además, trámites posteriores a nuestros herederos. Si no hay testamento hay que realizar un trámite previo al reparto de la herencia: la declaración de herederos que sí es más costoso y complejo.