Son muchas las cuestiones polémicas relacionadas con cualquier tema jurídico que pueden ocasionar que una sociedad surjan diferentes opiniones contrarias entre sí y con posibilidades incluso de contar con cierta fundamentación legal todas ellas. Y esto ocurre de manera especial cuando el objeto de discusión es alguno de los aspectos que giran en torno a alguno de nuestros derechos fundamentales.
Y es que en numerosas ocasiones la solución no es sencilla porque el ejercicio de determinados derechos debe combinarse de tal forma que realmente se haga realidad práctica aquello de que los derechos de uno terminan donde empiezan los de los demás. Es lo que ocurre, por ejemplo, con el derecho a la intimidad y el derecho a la libertad de expresión e información. No es que sea imposible encontrar una solución es que hay que trazar cuidadosamente los límites de cada uno de ellos para que ambos cuenten con la protección adecuada y ninguno resulte vulnerado.
El tema del velo que tantos comentarios ha suscitado es una de estas cuestiones que pueden verse desde dos puntos de vista, ambos con argumentos a favor y en contra. Simplificando el tema, porque entrar en toda su complejidad supera este espacio y no pretendemos ni tan siquiera dar nuestra opinión sino simplemente exponer ambas posturas, puede plantearse desde la defensa de la libertad personal o religiosa o desde la evitación de cualquier discriminación hacia la mujer.
Si entendemos el velo como un elemento que se impone a la mujer, la discrimina y establece una clara desigualdad en relación con el hombre, obviamente no tiene cabida en nuestra sociedad, nuestros valores y nuestros derechos constitucionales pero si la mujer decide llevarlo libremente en ejercicio de su libertad personal y religiosa impedírselo también puede suponer una vulneración de tales valores, principios y derechos constitucionales.
Todo un dilema y el problema es que las reglas son generales y no podemos ir preguntado, caso a caso, mujer a mujer, la razón por la que lleva tal prenda.