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Cuervo y Alfageme

TUS DERECHOS CON LUPA

Rebajas de precios, no de derechos.

Una vez hemos puesto fin a la Navidad más diferente de los últimos años, como cada enero, comienzan a aparecer en los escaparates de las tiendas de nuestras calles los carteles que anuncian las tradicionales rebajas de invierno.

Aunque sigue siendo habitual que se continúen respetando los dos períodos habituales de rebajas en verano y en invierno, y muchos establecimientos esperen al siete de enero para dar el pistoletazo de salida, cada comerciante decide si en su local van a existir descuentos y promociones en cualquier momento del año, si va a realizar rebajas y su duración en esos u otros períodos estacionales. Por este motivo hay tiendas que adelantan la fecha y ya durante las fechas navideñas ofertan descuentos para que sus clientes aprovechen a buen precio los últimos encargos para los Reyes Magos. Otro factor a tener en cuenta es el momento de inicio en las ventas por Internet que siempre suelen adelantarse a las de las tiendas a pie de calle.

Sea como fuere, en uno u otro momento, como casi todos al final aprovechamos para realizar alguna compra, no está de más recordar nuestros principales derechos y algún que otro consejo que resumimos del siguiente modo:

  • Es muy importante hacer una lista de los productos que realmente necesitamos adquirir y, a la hora de comprar, ceñirnos en la medida de lo posible a la misma. Es muy fácil, al ver precios buenos, caer en la tentación de comprar cosas innecesarias. Y luego la cuesta de enero se hace más larga de lo que podemos asumir, especialmente en esta ocasión en que la situación económica no es la mejor para muchas familias.

  • Los artículos que se encuentren con precio rebajado tienen que ser los mismos que ese establecimiento haya estado ofreciendo normalmente durante la temporada y, como mínimo, durante el mes anterior. Tienen que cumplir además con todas las condiciones de calidad y etiquetado y con el resto de requisitos exigidos por ley en función del tipo de producto de que se trate. Además tienen que estar claramente identificados y separados de los que no están rebajados para que el comprador no se llame a engaño en la elección.

  • No se pueden ofertar como rebajas productos deteriorados. Un producto con una tara puede tener un descuento por tal motivo pero no entra dentro de lo que entendemos por rebajas. Tenemos que tener la información del defecto y asumir que lo adquirimos a un precio menor teniendo en cuenta el problema y, como es obvio, conociéndolo.

  • En los artículos y en la publicidad que se utilice deben aparecer el precio nuevo y el antiguo para poder apreciar la rebaja. Si se trata de la rebaja de un mismo porcentaje para un grupo de artículos entonces basta con el anuncio expuesto de forma genérica. El comprador tiene que tener claro el importe final de la rebaja. En cualquier caso, ante cualquier duda mejor preguntar antes de hacer la interminable cola en la caja de pago y llevarnos una sorpresa de última hora.

  • El establecimiento debe indicar claramente los medios admitidos de pago y las limitaciones que pueden existir (por ejemplo, que la compra alcance un importe mínimo para aceptar el pago mediante tarjeta).

  • En cuanto a las devoluciones, la forma y el tiempo en que pueden producirse lo fija cada establecimiento y debe encontrarse debidamente indicado en el mismo o en el tique de compra. Es importante revisar estas condiciones antes de comprar, sobre todo si decidimos adquirir algún producto sin estar seguros de talla, color… o sin probarlo teniendo en cuenta la situación actual. Además la tienda puede restringir las devoluciones para un determinado grupo de productos por sus características, por ejemplo es el caso de la ropa interior. Este extremo tiene también que estar indicado. Es esencial conservar el tique de compra por si acaso decidimos devolver el producto o precisamos hacer algún cambio.

  • Si la compra se ha hecho por Internet el periodo de devolución del producto es de 14 días naturales desde la entrega. No hay que especificar ningún motivo. Existe un grupo de productos para los que esta normativa de devolución no resulta aplicable. Por su parte, el vendedor tiene que realizar la devolución del dinero en un plazo también de catorce días naturales. Los gastos de envío, en este caso, si no se pacto otra cosa, tiene que asumirlos el comprador.

  • Si compramos un producto duradero este contará con las mismas garantías que marca la ley si lo compramos en un periodo que no es de rebajas (dos años si se trata de un producto nuevo, idéntico plazo si se trata de un producto de segunda mano aunque en este caso puede pactarse un plazo inferior de un año). También es imprescindible conservar el tique de compra en estos casos. Si el tique de compra está impreso de forma que resulte difícil su conservación durante un tiempo, es aconsejable realizar una fotocopia o escanearlo y conservarlo en un soporte informático.

  • A todos estos consejos hay que añadir en esta ocasión todos los relativos al cumplimiento de las normativas relacionadas con la prevención del Covid-19. Es importante respetar todas las recomendaciones como cliente y realizar todas las actividades de prevención necesarias como comerciantes, especialmente la relativa a evitar aglomeraciones en los establecimientos, controlando adecuadamente el aforo.

Por último, no hay que olvidar algo que siempre recordamos en esta época: lo que se rebajan son los precios no nuestros derechos. Si algún establecimiento no cumple con estos requisitos hay que adoptar las medidas oportunas: pedir la información necesaria y, en su caso, intentar un arreglo amistoso. Si resulta imposible esta solución, entonces es necesario interponer la oportuna reclamación, solicitando y cubriendo la hoja de reclamaciones que tiene que tener a disposición de los clientes el establecimiento.

 

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