Miguel Ángel acaba de casarse sin hacer capitulaciones matrimoniales. En la empresa para la que trabaja le han ofrecido un ascenso, con lo que pasará a ganar una cantidad sustancialmente mayor. Esto desequilibra los ingresos de ambos cónyuges, lo que a Miguel Ángel le parece injusto. Nos pregunta si dadas las actuales circunstancias podría lograr una separación de bienes incluso si su esposa no estuviera de acuerdo con ello. En otro caso, quiere saber si puede abrir una cuenta solamente a su nombre donde ingresar la diferencia.
Si te casaste bajo el régimen económico de gananciales, para sustituirlo ahora por el de separación de bienes es necesario realizar unas capitulaciones ante Notario y liquidar la sociedad de gananciales previa, es decir, repartir los bienes comunes que en su caso existan hasta la fecha de cambio de régimen económico. Es un trámite sencillo cuando ambos cónyuges están de acuerdo, pero no puede hacerse si uno no presta su consentimiento. La razón del desequilibro económico que alegas no suple la voluntad de tu esposa, que es libre de decidir si desea o no realizar capitulaciones matrimoniales. También se puede solicitar judicialmente el cambio de régimen pero por causas muy concretas y tasadas que no concurren en tu caso.
En cuanto a la posibilidad de mantener el régimen de gananciales pero abriendo una cuenta a tu nombre donde ingresar la diferencia de ingresos a tu favor, no es una solución eficaz para los fines que pretendes. Ten en cuenta que al estar en gananciales los ingresos que cada uno de vosotros obtenga de su trabajo son comunes, con independencia de que se ingresen en una cuenta en la que los dos seáis titulares o en la que solamente lo seas tú.