Que se acercan ya las elecciones municipales y autonómicas es algo evidente. Se nota no solo en las noticias sino en el ambiente preelectoral que siempre se genera cuando estamos próximos a la fecha en que debemos acudir a votar.
El calendario electoral pasa por numerosas fases y a lo largo de estos próximos meses y de los que ya han transcurrido se van sucediendo las distintas partes que conforman el proceso hasta que el escrutinio de los votos y la comunicación de los electos culminan el mismo. Puede parecer que en todo lo que pase ahora somos simples espectadores u observadores como electores. Observadores de las candidaturas que se presentan, de los diferentes programas, de las campañas… Pero realmente no es así. También como electores tenemos cuestiones a las que debemos prestar atención activa.
Una de esas cuestiones es la relativa al censo electoral. Solo podremos votar si nos encontramos correctamente inscritos en el censo. A nuestro domicilio nos van a llegar las tarjetas censales donde figurarán nuestros datos y el lugar concreto, colegio, mesa, sección, en la que tendremos que votar pero no debemos olvidar que contamos con un plazo específico para comprobar todos los datos y plantear reclamaciones si procediera. Del cuatro al once de abril en nuestro Ayuntamiento se exponen los datos censales. Solo podemos tener acceso, como es lógico, a los nuestros y, si hay alguna anomalía, se puede plantear una reclamación que se planteará ante la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral.
Las reclamaciones no se pueden plantear por cambios de residencia de una circunscripción a otra que se hayan realizado con posterioridad a la fecha de cierre del censo para cada elección, lo que no significa que se impida el voto sino que este ha de ejercerse en aquella circunscripción en que se encuentre inscrito el elector. Las reclamaciones proceden, sin embargo, en todos los demás casos en que se aprecien errores o una determinada persona no se encuentre en el censo sin que exista motivo legal alguno. Para plantearla se debe adjuntar una copia del documento nacional de identidad a la solicitud de reclamación y se puede presentar ante el registro general del Ayuntamiento correspondiente.
Comprobar estos datos y que son correctos es el primer paso para luego poder ejercer el derecho al voto. En este punto no podemos ser simples observadores. Tenemos que actuar.