Amalia F. está separada desde hace dos años. La separación se efectuó de mutuo acuerdo y en el convenio se estableció que su esposo le abonara 300 euros mensuales como pensión compensatoria durante tres años y otros 300 euros mensuales más como alimentos para su hijo. Ahora su ex marido ha dejado de abonar la pensión compensatoria aunque sigue pagando puntualmente la pensión de alimentos del niño. Amalia nos pregunta qué medios tiene para reclamar esta pensión teniendo en cuenta que el incumplimiento no afecta a los alimentos del niño.
Aunque tu ex marido cumpla correctamente con su obligación de abonar la pensión alimenticia del niño, también se encuentra obligado en la misma forma a pagarte la pensión compensatoria, pensión que, como nos indicas, se encuentra fijada en un convenio regulador firmado por ambas partes y aprobado judicialmente.
Dado que se está produciendo un incumplimiento, los medios que tienes a tu alcance son dos. Por una parte, puedes iniciar un procedimiento de ejecución ante la jurisdicción civil que irá encaminado a conseguir que tu ex marido te abone las cantidades atrasadas y continúe cumpliendo con su obligación. Por otra parte, si ha dejado de pagar durante dos meses consecutivos o cuatro no consecutivos, este hecho se considera delito y tienes la opción denunciarlo ante la jurisdicción penal, pudiendo imponerse una pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses. Es preciso tener en cuenta que además de la pena, en la jurisdicción penal también se puede conseguir la reparación del daño causado que consiste en el pago de las cuantías adeudadas.