Mónica está divorciada desde hace poco más de un año. Tiene una hija de corta edad y percibe una pensión alimenticia de cuatrocientos cincuenta euros mensuales. El padre de su hija ha hablado con ella y le ha dicho que no le alcanza para sus gastos lo que le resta del sueldo tras abonar la pensión alimenticia y que quiere modificar esta cantidad, rebajándola en cien euros mensuales. Mónica está preocupada y nos pregunta si puede su ex marido hacer ese cambio sin contar con ella, pues el divorcio fue de mutuo acuerdo.
Para modificar el importe de la pensión alimenticia es necesario iniciar un incidente de modificación de medidas, procedimiento judicial para el que resulta necesario contar con abogado y procurador. Por supuesto que no se puede hacer sin contar contigo, pues si la iniciativa la tomara el padre de tu hija, inmediatamente el Juzgado te notificaría la presentación de la demanda, a fin de que puedas darle respuesta defendiendo tu postura a través de tu defensa y representación.
Ten en cuenta que para que se modifiquen las medidas adoptadas en el divorcio es necesario que se produzca una modificación sustancial de las circunstancias tenidas en cuenta a la hora de establecerlas. Por ejemplo, en lo relativo a la pensión alimenticia, una drástica reducción de ingresos o un aumento considerable y justificado de los gastos. Sin embargo, si los ingresos siguen siendo los mismos y lo que alega tu ex marido es que no calculó bien y está muy ajustado, este motivo, por si solo, no da lugar a que pueda conseguir la reducción que plantea.