Emilia tiene un apartamento en un pequeño pueblo de la costa y está pensando alquilarlo este verano el mes de agosto. Nos pregunta si es necesario hacer un contrato para tan poco tiempo o basta con acordar con los posibles arrendatarios el precio y la estancia.
Cuando se alquila un inmueble de estas características para su uso durante los meses de verano nos encontramos ante el supuesto de un contrato de arrendamiento de temporada. No se aplican a este tipo de contratos las mismas normas que a los arrendamientos de vivienda y se van a regir fundamentalmente por lo acordado por las partes. Por este motivo es muy importante formalizar un contrato por escrito, aunque sea relativamente sencillo.
En ese contrato deben figurar los datos de las partes, del inmueble, el periodo por el que se alquila, el precio, la fianza que se va a entregar, la forma de pago y el momento en que se va a realizar y el inventario. Es interesante hacer un buen inventario de los muebles y enseres con los que se va a entregar el apartamento en estos casos porque si luego falta o se estropea algún bien se puede reclamar al arrendatario.