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Requisitos para formar una pareja de hecho.

María convive desde hace mas de tres años con un hombre separado. El tiene un hijo de su anterior matrimonio, al que tiene que ingresar una cantidad mensual en concepto de pensión alimenticia. María no trabaja y está preocupada por su situación personal. Le ha pedido a su pareja que se divorcie para así poder casarse, pero el dice que no lo hará hasta que el hijo tenga más edad y sea independiente. Nos pregunta si su situación está protegida por la ley como pareja de hecho y cuales son sus derechos o si para tener algún derecho debe formalizar esta convivencia de alguna forma.

No contamos con una ley estatal que regule de forma conjunta los derechos de las parejas estables, así que la regulación hay que buscarla en leyes autonómicas y en algunas estatales que, aunque tratan otros temas, incluyen derechos para estas parejas.

Puesto que tanto tú como tu pareja sois asturianos, es la ley 4/2002 de parejas estables del principado de Asturias la que resulta de aplicación. Según esta norma, no pueden formar pareja estable con otra persona los casados. Esto quiere decir que mientras tu novio no se divorcie de su esposa no estás protegida por esta ley y, por ello, no son de aplicación los derechos que en la misma se regulan.

Una vez tu novio obtenga el divorcio, puedes optar por contraer matrimonio o por formar una unión estable, lo cual sucede por inscripción en el Registro de Uniones de Hecho del Principado de Asturias, otorgando un documento público o conviviendo durante al menos un año de forma ininterrumpida (en caso de tener hijos comunes no sería necesario el transcurso de ese año).

De no ser posible regularizar la situación, es muy importante que seas consciente de que, en caso de ruptura, va a ser muy difícil reclamar algún derecho.

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Un espacio en el que puedes encontrar respuestas incluso aunque aun no te hayas planteado la pregunta...

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