Álvaro está muy preocupado por la situación de uno de sus amigos. Es mayor, vive solo y ahora está empezando a perder la memoria. El amigo de Álvaro tiene una hermana que le visita a menudo pero que no quiere ver o entender que su hermano ya no se encuentra en situación de continuar viviendo de forma independiente. Álvaro nos pregunta si puede él intentar que lo incapaciten y le nombren un tutor que se encargue realmente de él.
La incapacitación es un procedimiento judicial que no puede iniciar cualquier persona respecto a otra. Tan solo puede promoverlo el presunto incapaz, el cónyuge o pareja de hecho, los descendientes, los ascendientes o los hermanos del presunto incapaz. También puede hacerlo el Ministerio Fiscal si estas personas no actúan.
En tu caso, si la hermana no entra en razón para adoptar medidas al respecto, lo único que puedes hacer es ponerlo en conocimiento del Ministerio Fiscal para que sea este quien inicie el procedimiento de incapacitación y, finalmente, si resultara necesario se le nombrara un tutor a tu amigo. También para el nombramiento de tutor hay una preferencia de personas que incluye al designado por el propio tutelado cuando aún tenía capacidad o a determinados familiares.
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