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TUS DERECHOS CON LUPA

A vueltas con las comisiones bancarias

Cuando intentamos sacar dinero con nuestra tarjeta bancaria en un cajero que pertenece a otro banco es posible que nos cobren una comisión para poder disponer de efectivo. Ahora bien, la pregunta es ¿a quién le estamos pagando esta comisión? Lo que sucede es que la entidad bancaria propietaria del cajero cobra una comisión por uso a la entidad emisora de la tarjeta y esta última a su vez es la que puede repercutir total o parcialmente esta comisión a su cliente cuando este hace la extracción en el cajero.

Sin embargo, recientemente algunas entidades financieras han dado un paso más en su política de comisiones, anunciando que, junto a la anterior, van a aplicar una comisión adicional, además de la que pueden repercutir, a los clientes que usen sus tarjetas en cajeros de otras entidades. Esto implicaría un doble pago de comisiones por una misma actuación. Negocio redondo para las entidades bancarias, sobre todo si tenemos en cuenta el ingente volumen de operaciones de disposición de efectivo que se hacen cada día a través de la red de cajeros de la que disponemos en España, que si de algo no podemos quejarnos es de la abundancia de estos aparatos.

La reacción afortunadamente ha sido rápida, pues tras un anuncio del gobierno de que iba a impedir esta práctica, el pasado martes 6 de octubre entraba en vigor el Real Decreto-ley 11/2015, para regular las comisiones por la retirada de efectivo en los cajeros automáticos.  La consecuencia es que ya no será posible la doble comisión, pues tan solo podrán repercutirnos, al disponer de efectivo en un cajero de una entidad distinta a la que emitió nuestra tarjeta, la que pueda exigir la entidad titular del cajero, debiendo informarnos previamente de la aplicación de la comisión correspondiente. Esto para las retiradas de efectivo a débito porque para las de crédito no se contempla esta limitación.

Es importante no perder de vista la aplicación de comisiones por nuestra entidad bancaria y, en caso de duda o de clara inaplicación de las normas, hacer las reclamaciones oportunas a través de cualquiera de los cauces que nos ofrece el derecho.

 

 

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