{"id":1040,"date":"2016-03-08T12:21:50","date_gmt":"2016-03-08T11:21:50","guid":{"rendered":"http:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/?p=1040"},"modified":"2016-03-08T12:21:50","modified_gmt":"2016-03-08T11:21:50","slug":"incapacitar-a-un-familiar-una-decision-necesaria","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/2016\/03\/08\/incapacitar-a-un-familiar-una-decision-necesaria\/","title":{"rendered":"Incapacitar a un familiar: una decisi\u00f3n necesaria"},"content":{"rendered":"<p><img loading=\"lazy\" style=\"float: left; margin: 5px;\" src=\"https:\/\/pixabay.com\/static\/uploads\/photo\/2012\/03\/01\/01\/42\/connect-20333_960_720.jpg\" alt=\"\" width=\"960\" height=\"640\" \/>Cuando alguno de nuestros familiares tiene una enfermedad que le afecta a un cierto nivel en su vida se abre la posibilidad de iniciar diversos tr\u00e1mites: los relativos a la consecuci\u00f3n de una invalidez o una minusval\u00eda que puedan tener repercusiones en la obtenci\u00f3n de una pensi\u00f3n, de ciertos beneficios fiscales, de ayudas\u2026 Pero en ocasiones esa enfermedad va mucho m\u00e1s all\u00e1 y el efecto que produce es el de imposibilitar a esa persona a regirse por s\u00ed misma, a tomar decisiones sobre su vida y a administrar su patrimonio. En estos casos, resulta imprescindible tomar una medida que siempre es dif\u00edcil y que necesariamente implica un procedimiento judicial: la incapacitaci\u00f3n.<\/p>\n<p>La finalidad de este procedimiento es determinar qu\u00e9 actos va a poder seguir haciendo el enfermo por s\u00ed mismo y para cu\u00e1les necesita la asistencia de otra persona que ser\u00e1 nombrada su tutora. En ocasiones, la enfermedad implica un deterioro tan importante que esos actos para los cuales se va a precisar la asistencia de un tutor van a ser pr\u00e1cticamente todos como, por ejemplo, ocurre en algunos casos de enfermedades degenerativas como el Alzheimer.<\/p>\n<p>Decimos que es necesario porque es una forma de proteger a esa persona que ya no puede valerse por s\u00ed misma. El tutor va a estar controlado anualmente por el \u00f3rgano judicial y va a tener que dar cuenta del estado personal y de la situaci\u00f3n econ\u00f3mica del enfermo con una aprobaci\u00f3n a\u00f1o a a\u00f1o de sus cuentas. Adem\u00e1s de esta forma, el enfermo cuenta con una persona que puede actuar por \u00e9l en los actos para los cuales ya no puede valerse personalmente.<\/p>\n<p>Por otro lado, el control judicial permite tambi\u00e9n valorar si hay alguna mejor\u00eda en el enfermo que le permita recuperar toda o parte de su capacidad. En estos casos, si tal mejor\u00eda existe, la situaci\u00f3n de la incapacitaci\u00f3n es reversible y, tras un nuevo proceso judicial, el incapacitado podr\u00e1 de\u00a0 nuevo volver a hacerse cargo de su vida y la gesti\u00f3n de sus bienes.<\/p>\n<p>No est\u00e1 legitimada cualquier persona para iniciar los tr\u00e1mites judiciales aunque, si no estamos legitimados y conocemos alg\u00fan caso, podemos al menos ponerlo en conocimiento del Ministerio Fiscal para que sea este quien lleve a cabo las actuaciones que se precisen.<\/p>\n<p>Siempre es necesario un procedimiento judicial donde hay que acreditar la enfermedad de la persona a incapacitar de forma que no queden dudas sobre la necesidad de hacerlo. En este tipo de procedimientos son necesarios abogado y procurador por lo que el primer paso siempre va a ser consultar con un profesional que ser\u00e1 quien nos indique los pasos a seguir, la documentaci\u00f3n a aportar y la mejor f\u00f3rmula para procurar esa atenci\u00f3n al presunto incapaz.<\/p>\n<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on the_content --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on the_content -->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Cuando alguno de nuestros familiares tiene una enfermedad que le afecta a un cierto nivel en su vida se abre la posibilidad de iniciar diversos tr\u00e1mites: los relativos a la consecuci\u00f3n de una invalidez o una minusval\u00eda que puedan tener repercusiones en la obtenci\u00f3n de una pensi\u00f3n, de ciertos beneficios fiscales, de ayudas\u2026 Pero en [&hellip;]<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on get_the_excerpt --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on get_the_excerpt --><\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[10],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1040"}],"collection":[{"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/wp-json\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1040"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1040\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1040"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1040"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1040"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}