{"id":126,"date":"2009-05-18T10:23:00","date_gmt":"2009-05-18T10:23:00","guid":{"rendered":"http:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/?p=126"},"modified":"2009-05-18T10:23:00","modified_gmt":"2009-05-18T10:23:00","slug":"uso-la-vivienda-y-pension-compensatoria-caso-divorcio","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/2009\/05\/18\/uso-la-vivienda-y-pension-compensatoria-caso-divorcio\/","title":{"rendered":"Uso de la vivienda y pensi\u00f3n compensatoria en caso de divorcio."},"content":{"rendered":"<p><P lang=es-ES align=justify><FONT color=#000000><FONT size=3><B>Ana se ha casado hace cuatro a\u00f1os y medio. Durante los primeros a\u00f1os su r\u00e9gimen econ\u00f3mico era el de gananciales. Posteriormente, antes de comprar un piso, hicieron capitulaciones matrimoniales estableciendo el r\u00e9gimen de separaci\u00f3n de bienes, pagando su marido la entrada y la hipoteca del piso en su totalidad. En estos momentos Ana no trabaja y han decidido separarse. Nos pregunta si tiene alg\u00fan tipo de derecho sobre el piso y sobre alguna posible paga o compensaci\u00f3n a cargo de su marido.<\/B><\/FONT><\/FONT><\/p>\n<p> <P lang=es-ES align=justify><FONT color=#000000><FONT size=3>Desde el momento en que hicisteis capitulaciones matrimoniales para establecer la separaci\u00f3n de bienes como r\u00e9gimen econ\u00f3mico de vuestro matrimonio, cada cual es exclusivo titular de sus ingresos y adquisiciones, lo que implica que el piso que hasta ahora constituy\u00f3 la vivienda la familiar ser\u00e1 propiedad de tu marido si tan solo se escritur\u00f3 a su nombre. La soluci\u00f3n ser\u00eda diferente si, aun estando en separaci\u00f3n de bienes, hubierais escriturado la vivienda a nombre de los dos. No obstante, con independencia de la titularidad, si ese inmueble constituye la vivienda habitual del matrimonio es necesario determinar en el procedimiento de divorcio a qui\u00e9n corresponder\u00e1 su uso. <\/FONT><\/FONT><\/p>\n<p> <P lang=es-ES align=justify><FONT color=#000000><FONT size=3>Cuando existen hijos comunes, el uso del domicilio familiar suele establecerse a favor de los hijos y del progenitor a quien se atribuya la guarda y custodia de los ni\u00f1os. No sabemos si en tu caso existen hijos del matrimonio, por lo que no podemos la respuesta. Cuando no existen hijos, el uso del inmueble puede atribuirse a la parte que tenga una mayor necesidad de vivienda, pero si los dos ten\u00e9is la misma necesidad no ser\u00e1 f\u00e1cil conseguir un uso a tu favor.<\/FONT><\/FONT><\/p>\n<p> <P align=justify><SPAN lang=es-ES><FONT size=3><FONT color=#000000><SPAN>En cuanto al derecho a una posible paga o compensaci\u00f3n a cargo de tu marido y en tu beneficio, puede existir, siempre y cuando exista un desequilibrio econ\u00f3mico <\/SPAN>en relaci\u00f3n con la posici\u00f3n del otro, que implique un empeoramiento en su situaci\u00f3n anterior en el matrimonio.<SPAN> Su procedencia, importe y duraci\u00f3n depender\u00e1n de las circunstancias econ\u00f3micas de ambas partes, la duraci\u00f3n del matrimonio, la formaci\u00f3n y posibilidades de acceso a un empleo que puedas tener, etc\u00e9tera.<\/SPAN><\/FONT><\/FONT><\/SPAN><\/p>\n<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on the_content --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on the_content -->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Ana se ha casado hace cuatro a\u00f1os y medio. Durante los primeros a\u00f1os su r\u00e9gimen econ\u00f3mico era el de gananciales. Posteriormente, antes de comprar un piso, hicieron capitulaciones matrimoniales estableciendo el r\u00e9gimen de separaci\u00f3n de bienes, pagando su marido la entrada y la hipoteca del piso en su totalidad. En estos momentos Ana no trabaja [&hellip;]<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on get_the_excerpt --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on get_the_excerpt --><\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[9,12],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/126"}],"collection":[{"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/wp-json\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=126"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/126\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=126"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=126"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=126"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}