{"id":2448,"date":"2019-08-20T10:49:10","date_gmt":"2019-08-20T08:49:10","guid":{"rendered":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/?p=2448"},"modified":"2019-08-20T10:49:10","modified_gmt":"2019-08-20T08:49:10","slug":"cuando-el-padre-no-es-el-padre","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/2019\/08\/20\/cuando-el-padre-no-es-el-padre\/","title":{"rendered":"Cuando el padre no es el padre&#8230;"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"https:\/\/static-blogs.elcomercio.es\/wp-content\/uploads\/sites\/3\/2019\/08\/Foto-blog.jpg\"><img loading=\"lazy\" class=\"alignnone size-full wp-image-2449\" src=\"https:\/\/static-blogs.elcomercio.es\/wp-content\/uploads\/sites\/3\/2019\/08\/Foto-blog.jpg\" alt=\"foto-blog\" width=\"960\" height=\"641\" srcset=\"https:\/\/static-blogs.elcomercio.es\/wp-content\/uploads\/sites\/3\/2019\/08\/Foto-blog.jpg 960w, https:\/\/static-blogs.elcomercio.es\/wp-content\/uploads\/sites\/3\/2019\/08\/Foto-blog-300x200.jpg 300w, https:\/\/static-blogs.elcomercio.es\/wp-content\/uploads\/sites\/3\/2019\/08\/Foto-blog-768x513.jpg 768w\" sizes=\"(max-width: 960px) 100vw, 960px\" \/><\/a><\/p>\n<p>El pasado mes de julio la Audiencia Provincial de Madrid condenaba a una mujer a abonar una cantidad superior a 60.000 euros al que fue su marido, por haberle ocultado durante cerca de tres a\u00f1os que no era el padre de su hijo. Esta sentencia no es ni mucho menos la primera sobre esta materia, pero puso una vez m\u00e1s el debate encima de la mesa. Obviamente es innegable el terrible da\u00f1o emocional que sufre una persona tras descubrir que un hijo al que ha venido cuidando y manteniendo como suyo resulta no serlo. Pero la pregunta es otra: \u00bfdebe la madre indemnizar a su pareja por haberle ocultado esta realidad? \u00bfY si ella no ten\u00eda la certeza de quien era el padre? La ley no resuelve de forma expresa esta situaci\u00f3n y por ello viene siendo la jurisprudencia la que resuelve los casos que se presentan. \u00bfY qu\u00e9 dice la jurisprudencia? Lamentablemente es contradictoria, como en muchos otros asuntos, generando as\u00ed inseguridad jur\u00eddica, pero en cualquier caso s\u00ed podemos hablar de una cierta tendencia.<\/p>\n<p>El Tribunal Supremo dict\u00f3 varias sentencias desde el a\u00f1o 1999, en las que no conced\u00eda indemnizaci\u00f3n alguna por diferentes circunstancias, sin llegar a fijar una l\u00ednea jurisprudencial clara. En alguna de estas sentencias, a pesar de que no se conced\u00eda al demandante lo que solicitaba, se apuntaba que podr\u00eda llegar a concederse una indemnizaci\u00f3n en aquellos casos en que la madre tuviera conocimiento de la verdadera paternidad del ni\u00f1o y aun as\u00ed lo ocultaba a su pareja de forma intencionada. Y en base a estas sentencias del Tribunal Supremo fueron varios los Juzgados de Primera Instancia as\u00ed como tambi\u00e9n algunas Audiencias Provinciales las que fueron concediendo indemnizaciones en este tipo de casos. Incluso dando un paso m\u00e1s, algunas sentencias llegaron a reconocer el derecho de quien hab\u00eda cre\u00eddo ser el padre sin existir una clara intenci\u00f3n de enga\u00f1o por parte de la madre.<\/p>\n<p>Pero el a\u00f1o 2018 el Tribunal Supremo cambi\u00f3 su criterio con una sentencia que se desmarca de las anteriores, que es contundente al afirmar que este tipo de situaciones no dan lugar al abono de una indemnizaci\u00f3n por parte de la madre as\u00ed como tampoco a solicitar la devoluci\u00f3n de lo gastado en el menor sobre la err\u00f3nea creencia de ser su padre. Y ello tanto si la madre no conoc\u00eda la verdadera paternidad como si lo sab\u00eda y ocultaba, tanto si la base de la reclamaci\u00f3n es la responsabilidad contractual o extracontractual, el pago de lo indebido o cualesquiera otro argumento legal en el cual el demandante basase su reclamaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Quiz\u00e1s por ello lo noticiable de esta nueva sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que hoy comentamos es que se s\u00ed concede la indemnizaci\u00f3n y lo hace a pesar de la referida sentencia del Tribunal Supremo del a\u00f1o 2018. Ahora bien, el Tribunal Supremo est\u00e1 por encima de las Audiencias Provinciales, de modo que si se planea un recurso de casaci\u00f3n comprobaremos si el Supremo se mantiene en la l\u00ednea de su criterio negativo m\u00e1s reciente o evoluciona en otra direcci\u00f3n.<\/p>\n<p>En nuestra opini\u00f3n hay algunas cuestiones que son tan evidentes que requieren una respuesta clara: hacer creer a una persona que es el padre de un hijo cuando no lo es, a sabiendas de esta realidad, genera un grave da\u00f1o emocional e implica adem\u00e1s un desembolso econ\u00f3mico indebido, m\u00e1s sangrante en aquellos casos en los que rota ya la relaci\u00f3n el aparente padre ha venido pagando una pensi\u00f3n alimenticia a quien no era realmente su hijo. Establecer el pago de una indemnizaci\u00f3n en estos casos es posible partiendo de las normas que tenemos, tal y como vienen haciendo diferentes Juzgados y Tribunales utilizando diferentes argumentos legales. Pero como tambi\u00e9n es posible interpretar lo contrario, urge clarificar el asunto. Los ciudadanos necesitamos saber a qu\u00e9 atenernos. La seguridad jur\u00eddica es fundamental, porque las normas son complejas, pero al menos quien se haga preguntas debe poder encontrar respuestas claras.<\/p>\n<p align=\"JUSTIFY\">M\u00e1s contenidos jur\u00eddicos en nuestras redes sociales y en nuestra\u00a0<a href=\"http:\/\/www.cuervoalfageme.com\/\" rel=\"external nofollow\">Web<\/a>\u00a0:<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/www.facebook.com\/cuervoalfageme.abogados\" rel=\"external nofollow\">Facebook<\/a><\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/twitter.com\/CuervoAlfageme?lang=es\" rel=\"external nofollow\">Twitter<\/a><\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/www.youtube.com\/channel\/UCoov7b79vvn_-nenc3lP1-A\" rel=\"external nofollow\">Canal de Youtube<\/a><\/p>\n<p>Instagram: @cuervoalfageme<\/p>\n<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on the_content --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on the_content -->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El pasado mes de julio la Audiencia Provincial de Madrid condenaba a una mujer a abonar una cantidad superior a 60.000 euros al que fue su marido, por haberle ocultado durante cerca de tres a\u00f1os que no era el padre de su hijo. 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