{"id":261,"date":"2010-06-21T14:19:00","date_gmt":"2010-06-21T14:19:00","guid":{"rendered":"http:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/?p=261"},"modified":"2010-06-21T14:19:00","modified_gmt":"2010-06-21T14:19:00","slug":"prestamo-personal","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/2010\/06\/21\/prestamo-personal\/","title":{"rendered":"Pr\u00e9stamo personal."},"content":{"rendered":"<p>  <P align=justify><FONT size=3><B>Alberto hizo un pr\u00e9stamo personal por importe de 20.000 euros en el mes de marzo de 2009 y solo dispone del documento de transferencia bancaria para justificarlo. Alberto es de Vizcaya y el prestatario de Asturias. Ahora quiere hacer el documento fiscal de pr\u00e9stamo, para poder garantizar su reclamaci\u00f3n en caso de impago, pero no sabe si ha pasado el plazo o si tiene que hacerlo en Vizcaya o en Asturias.<\/B><\/FONT><\/p>\n<p> <P style=\"MARGIN-BOTTOM: 0cm\" align=justify><FONT size=3><\/FONT>Cuando se realiza un pr\u00e9stamo en el que, como en tu caso, las partes residen en diferentes lugares, la soluci\u00f3n que da el reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jur\u00eddicos Documentados es entender que deben realizarse las obligaciones formales en el lugar en el que el sujeto pasivo tenga su residencia habitual. Puesto que el sujeto pasivo en el caso de un pr\u00e9stamo es el prestatario, debe presentarse el modelo 600 en Asturias. Se trata de una simple formalidad, pues los pr\u00e9stamos si bien est\u00e1n sujetos al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, est\u00e1n exentos, lo que supone que no hay que realizar ingreso alguno. No obstante, que se cumpla esta formalidad es importante para evitar que la transmisi\u00f3n de dinero sea considerada una donaci\u00f3n. <\/p>\n<p> <P style=\"MARGIN-BOTTOM: 0cm\" align=justify>El plazo para realizar la presentaci\u00f3n del modelo 600 es de treinta d\u00edas desde el momento en que se realiza el pr\u00e9stamo y el responsable de hacerlo es el que recibe el pr\u00e9stamo, aunque cabe la posibilidad de que cumplimente el tr\u00e1mite el prestamista como sujeto presentador. <\/p>\n<p> <P style=\"MARGIN-BOTTOM: 0cm\" align=justify>Ten en cuenta que es necesario adjuntar, junto con el modelo 600 copia del contrato de pr\u00e9stamo. Cuando no existe contrato escrito tanto la ley como el reglamente de este tributo se refieren a la posibilidad de presentar una declaraci\u00f3n. <\/p>\n<p> <P style=\"MARGIN-BOTTOM: 0cm\" align=justify>Suponemos que el problema con el que te encuentras es que las relaciones con el prestatario actualmente no son buenas y si en su d\u00eda no se formaliz\u00f3 el contrato de pr\u00e9stamo, ser\u00e1 dif\u00edcil que ahora puedas conseguir su colaboraci\u00f3n. De cara a una futura reclamaci\u00f3n judicial del dinero prestado contar\u00e1s con la transferencia bancaria, pero por s\u00ed misma no es suficiente para demostrar un pr\u00e9stamo, pues bien pudiera haberse tratado de una donaci\u00f3n. Cualquier actuaci\u00f3n que ahora hagas, fuera de plazo y unilateralmente puede no ser reconocida por la parte contraria. No obstante has de hacer todo lo posible por reunir cuantas pruebas puedas aportar sobre la existencia de ese pr\u00e9stamo.<\/p>\n<p> <P style=\"MARGIN-BOTTOM: 0cm\" align=justify><\/p>\n<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on the_content --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on the_content -->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Alberto hizo un pr\u00e9stamo personal por importe de 20.000 euros en el mes de marzo de 2009 y solo dispone del documento de transferencia bancaria para justificarlo. Alberto es de Vizcaya y el prestatario de Asturias. 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