{"id":320,"date":"2011-01-24T10:17:00","date_gmt":"2011-01-24T10:17:00","guid":{"rendered":"http:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/?p=320"},"modified":"2011-01-24T10:17:00","modified_gmt":"2011-01-24T10:17:00","slug":"cambio-regimen-economico","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/2011\/01\/24\/cambio-regimen-economico\/","title":{"rendered":"Cambio de r\u00e9gimen econ\u00f3mico."},"content":{"rendered":"<p><STRONG>Rosa est\u00e1 casada en gananciales. Su marido es aut\u00f3nomo desde hace a\u00f1os y ella es funcionaria. Debido a la situaci\u00f3n econ\u00f3mica actual el negocio de su marido empieza a acumular deudas y teme que peligre la vivienda que est\u00e1n pagando as\u00ed como su sueldo. Quiere hacer separaci\u00f3n de bienes pero no tiene ni idea de cuanto le puede costar, por lo que quisiera saber c\u00f3mo orientarse para pedir a su familia el dinero que pueda necesitar. Nos indica que tienen en propiedad un piso, una furgoneta y un coche.<br \/>\n<\/STRONG> Para cambiar el r\u00e9gimen de gananciales por el de separaci\u00f3n de bienes es imprescindible realizar capitulaciones matrimoniales ante Notario. Puesto que existen bienes en com\u00fan, este cambio de r\u00e9gimen debe ir acompa\u00f1ado de una liquidaci\u00f3n de la sociedad de gananciales, es decir, deben repartirse los bienes comunes entre los c\u00f3nyuges. Efectivamente, cuando hay bienes comunes, el coste de la liquidaci\u00f3n est\u00e1 en funci\u00f3n del valor de los bienes a repartir. Tienes que contar con gastos de Notar\u00eda y, en cuanto al inmueble, el coste del Registro de la Propiedad para inscribir la nueva titularidad. El notario cobra por arancel, es decir, se aplica una escala, por lo que no habr\u00e1 variaci\u00f3n de una Notar\u00eda a otra. Ahora bien, en lo que si puede haber diferencias es en el coste de la gesti\u00f3n si encargas en la Notar\u00eda la inscripci\u00f3n registral o los tr\u00e1mites con hacienda. Respecto a esto \u00faltimo, si las adjudicaciones que se hagan entre ambos c\u00f3nyuges son de igual valor no habr\u00e1 coste fiscal, aunque si hay que presentar una declaraci\u00f3n. Si hay un exceso de adjudicaci\u00f3n \u00e9sta tributar\u00e1 por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales al 8 por ciento.<br \/>\n Finalmente, la intervenci\u00f3n de la Notar\u00eda es suficiente si el acuerdo de reparto ya est\u00e1 claro y tan solo hay que proceder a elevarlo a escritura p\u00fablica. Si es necesario realizar una negociaci\u00f3n o mediaci\u00f3n entre c\u00f3nyuges para determinar el reparto que vaya a realizarse ser\u00e1 necesario contar con un abogado, lo que encarece el coste de las gestiones. Pide presupuesto en una notar\u00eda para lo cual debes indicar el valor de los bienes. Indica que te desglosen la parte de coste que corresponde a notario y lo que pueda corresponder a la gesti\u00f3n, impuestos y registro. Si finalmente necesitas la intervenci\u00f3n de un abogado, pide previamente presupuesto a varios profesionales, pues no est\u00e1n sujetos a arancel y puede haber gran diferencia de coste de uno a otro.<\/p>\n<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on the_content --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on the_content -->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Rosa est\u00e1 casada en gananciales. Su marido es aut\u00f3nomo desde hace a\u00f1os y ella es funcionaria. Debido a la situaci\u00f3n econ\u00f3mica actual el negocio de su marido empieza a acumular deudas y teme que peligre la vivienda que est\u00e1n pagando as\u00ed como su sueldo. 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