{"id":379,"date":"2011-06-27T11:28:00","date_gmt":"2011-06-27T11:28:00","guid":{"rendered":"http:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/?p=379"},"modified":"2011-06-27T11:28:00","modified_gmt":"2011-06-27T11:28:00","slug":"reconciliacion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/2011\/06\/27\/reconciliacion\/","title":{"rendered":"Reconciliaci\u00f3n"},"content":{"rendered":"<p><STRONG> Esteban se divorci\u00f3 de su mujer hace ahora tres a\u00f1os. Tienen dos hijos en com\u00fan y, a pesar de que la custodia se concedi\u00f3 a la esposa, los dos han estado cuidando de ellos. Con la situaci\u00f3n de crisis Esteban perdi\u00f3 el trabajo y su ex mujer le permiti\u00f3 volver a residir en la vivienda familiar, lo que se tradujo en una reconciliaci\u00f3n, pues la convivencia mejor\u00f3 mucho respecto a la situaci\u00f3n anterior al divorcio. Tanto \u00e9l como su mujer quieren volver a estar casados y dejar sin efecto las medidas acordadas en el divorcio. Nos preguntan qu\u00e9 deben hacer, ya que su primer matrimonio fue por la Iglesia, cu\u00e1l ser\u00eda su r\u00e9gimen econ\u00f3mico y que pasar\u00eda con los ni\u00f1os, la pensi\u00f3n alimenticia y dem\u00e1s cuestiones.<br \/>\n<\/STRONG> Cuando se produce un divorcio el v\u00ednculo matrimonial se extingue, lo que significa que los que antes eran c\u00f3nyuges ya no lo son y si desean estar casados deben volver a contraer matrimonio. Puesto que el primer matrimonio fue religioso, el segundo debe ser civil, ya se celebre en el Juzgado o en el Ayuntamiento.  Los tr\u00e1mites que por experiencia seguramente ya conoces pasan por hacer un expediente matrimonial que, si se trata de un matrimonio civil, se realizar\u00e1 ante el encargado del Registro Civil.<br \/>\n En cuanto al r\u00e9gimen econ\u00f3mico, partimos de cero, es decir, pueden otorgarse capitulaciones matrimoniales ante Notario para establecer el r\u00e9gimen econ\u00f3mico que se desee y, de no hacerse, se aplicar\u00e1 por defecto el r\u00e9gimen de gananciales all\u00ed donde no exista un derecho foral que establezca otra cosa.<br \/>\n Las medidas establecidas en la sentencia de divorcio quedar\u00e1n sin efecto al contraerse nuevo matrimonio, pero es recomendable presentar un escrito en el Juzgado para dejar constancia de la nueva situaci\u00f3n.<br \/>\n Por \u00faltimo y por si alguien estuviera en una situaci\u00f3n similar pero tras una separaci\u00f3n en lugar de un divorcio, conviene aclarar que si se produjera una reconciliaci\u00f3n no ser\u00eda necesario contraer nuevo matrimonio, siendo suficiente en caso de separaci\u00f3n presentar un escrito de reconciliaci\u00f3n en el Juzgado para dejar las medidas judiciales sin efecto y reanudar el matrimonio. En tal caso el r\u00e9gimen econ\u00f3mico ser\u00eda el de separaci\u00f3n de bienes a no ser que los c\u00f3nyuges decidieran cambiarlo por capitulaciones matrimoniales.<\/p>\n<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on the_content --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on the_content -->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Esteban se divorci\u00f3 de su mujer hace ahora tres a\u00f1os. Tienen dos hijos en com\u00fan y, a pesar de que la custodia se concedi\u00f3 a la esposa, los dos han estado cuidando de ellos. Con la situaci\u00f3n de crisis Esteban perdi\u00f3 el trabajo y su ex mujer le permiti\u00f3 volver a residir en la vivienda [&hellip;]<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on get_the_excerpt --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on get_the_excerpt --><\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[11,12],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/379"}],"collection":[{"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/wp-json\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=379"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/379\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=379"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=379"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=379"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}