{"id":411,"date":"2012-02-06T10:56:57","date_gmt":"2012-02-06T09:56:57","guid":{"rendered":"http:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/?p=411"},"modified":"2012-02-06T10:56:57","modified_gmt":"2012-02-06T09:56:57","slug":"parejas-de-hecho-y-pension-de-viudedas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/2012\/02\/06\/parejas-de-hecho-y-pension-de-viudedas\/","title":{"rendered":"Parejas de hecho y pensi\u00f3n de viudedad"},"content":{"rendered":"<p><img loading=\"lazy\" class=\"alignnone\" src=\"\/\/www.sxc.hu\/pic\/m\/a\/al\/alex2bur\/1038076__sunlight_.jpg\" alt=\"\" width=\"200\" height=\"300\" \/><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Poco a poco las parejas de hecho se han ido reconociendo en el mundo jur\u00eddico y se han ido regulando sus derechos y obligaciones en relaci\u00f3n con diversos aspectos. Cierto es que el desarrollo se ha ido produciendo sobre todo a trav\u00e9s de leyes auton\u00f3micas y especialmente en aquellas comunidades que cuentan con competencias en el \u00e1mbito del derecho civil. No obstante, tambi\u00e9n han encontrado cabida\u00a0 numerosas cuestiones que afectan a su funcionamiento en numerosas leyes estatales. Una de ellas es la relativa a la pensi\u00f3n de viudedad.<br \/>\nActualmente, cumpliendo un conjunto de requisitos relacionados con la duraci\u00f3n y acreditaci\u00f3n de la convivencia, nivel de ingresos, etc\u00e9tera, los miembros de una pareja de hecho pueden tener derecho a obtener una pensi\u00f3n de viudedad cuando fallece su compa\u00f1ero, al igual que sucede con los c\u00f3nyuges de un matrimonio.<br \/>\nNo obstante, la concesi\u00f3n legal de este derecho lleva tambi\u00e9n su contrapartida. Del mismo modo que se reconoce la posibilidad de obtener esta pensi\u00f3n a las parejas de hecho tambi\u00e9n se va a extinguir aquellas que estuvieran percibiendo de una uni\u00f3n anterior no solo cuando contraen nuevo matrimonio sino tambi\u00e9n cuando deciden formar una pareja de hecho. Es decir, una persona que est\u00e9 percibiendo una pensi\u00f3n de viudedad porque ha fallecido su esposo pierde el derecho a esta pensi\u00f3n si decide formar una pareja de hecho posteriormente con otra persona.<br \/>\nEsta es la regla general pero tiene sus excepciones. La extinci\u00f3n no se produce y se puede mantener la pensi\u00f3n inicial siempre que se cumplan determinados requisitos, entre los que se encuentran, por ejemplo: ser mayor de 61 a\u00f1os o menor y tener reconocida tambi\u00e9n una pensi\u00f3n de incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez o acreditar una discapacidad en grado superior al 65%, que la pensi\u00f3n de viudedad constituya la principal o \u00fanica fuente de ingresos del pensionista, tener el matrimonio o pareja de hecho unos ingresos anuales, de cualquier naturaleza e incluida la pensi\u00f3n de viudedad, que no superen dos veces el importe, en c\u00f3mputo anual, del SMI vigente en cada momento\u2026<br \/>\nPor tanto, ya no funciona, salvo en los casos en los que se aplican las excepciones, esa idea extendida de que convivir, mientras no exista matrimonio, no tiene consecuencias sobre la\u00a0 pensi\u00f3n que se est\u00e1 percibiendo de la relaci\u00f3n anterior. Claro que, a cambio, la relaci\u00f3n dentro de una pareja de hecho da derecho despu\u00e9s a contar con una pensi\u00f3n de viudedad. Una cosa por la otra.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on the_content --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on the_content -->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>&nbsp; Poco a poco las parejas de hecho se han ido reconociendo en el mundo jur\u00eddico y se han ido regulando sus derechos y obligaciones en relaci\u00f3n con diversos aspectos. 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