{"id":420,"date":"2012-02-27T10:28:25","date_gmt":"2012-02-27T09:28:25","guid":{"rendered":"http:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/?p=420"},"modified":"2012-02-27T10:28:25","modified_gmt":"2012-02-27T09:28:25","slug":"herencia-de-bienes-gananciales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/2012\/02\/27\/herencia-de-bienes-gananciales\/","title":{"rendered":"Herencia de bienes gananciales."},"content":{"rendered":"<p><strong>El padre de Juan Miguel ha fallecido recientemente, legando en testamento abierto, a su esposa, el usufructo vitalicio del total de la herencia. Ambos ten\u00edan r\u00e9gimen de gananciales y eran due\u00f1os de una residencia no habitual y titulares a partes iguales de un dep\u00f3sito bancario. Nos pregunta que parte del saldo de ese dep\u00f3sito a la fecha de la muerte hay que declarar y si hay que incluir el total o la mitad del valor de la vivienda.<\/strong><br \/>\nTras el fallecimiento de tu padre tienes un plazo de seis meses para realizar los tr\u00e1mites correspondientes al Impuesto de Sucesiones. Puesto que existen bienes que eran gananciales, obviamente la mitad de su valor corresponde a tu madre por derecho propio y no forma parte de la herencia de tu padre.<\/p>\n<p>En el Impuesto de Sucesiones tienes dos opciones, realizar una declaraci\u00f3n-liquidaci\u00f3n o solamente una declaraci\u00f3n. La primera opci\u00f3n implica no solo poner en conocimiento de hacienda los bienes y su valor sino tambi\u00e9n hacer los c\u00e1lculos correspondientes y realizar el ingreso. En ese caso no te olvides de que has de incluir en los c\u00e1lculos solamente la mitad del valor de los bienes gananciales que correspond\u00eda a tu padre y que hay que realizar los c\u00e1lculos para cada uno de los herederos. En este punto es especialmente importante calcular de modo correcto el valor del usufructo.<\/p>\n<p>La segunda opci\u00f3n es realizar una declaraci\u00f3n de bienes a fin de que sea hacienda la que realice la liquidaci\u00f3n y te la comunique d\u00e1ndote un plazo para realizar el ingreso. En la declaraci\u00f3n debes indicar todos y cada uno de los bienes, especificando su car\u00e1cter ganancial o privativo y el valor total y la parte correspondiente a la mitad ganancial de tu padre. Al indicar que se trata de bienes gananciales hacienda incluir\u00e1 solamente la mitad de su valor. Adem\u00e1s, como hay que acompa\u00f1ar a la declaraci\u00f3n varios documentos entre los cuales se encuentra el testamento, constar\u00e1 el derecho de usufructo de tu madre, que se tomar\u00e1 en cuenta a los efectos oportunos. No obstante, comprueba la liquidaci\u00f3n cuando te la comuniquen.<\/p>\n<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on the_content --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on the_content -->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El padre de Juan Miguel ha fallecido recientemente, legando en testamento abierto, a su esposa, el usufructo vitalicio del total de la herencia. Ambos ten\u00edan r\u00e9gimen de gananciales y eran due\u00f1os de una residencia no habitual y titulares a partes iguales de un dep\u00f3sito bancario. Nos pregunta que parte del saldo de ese dep\u00f3sito a [&hellip;]<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on get_the_excerpt --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on get_the_excerpt --><\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[8,12],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/420"}],"collection":[{"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/wp-json\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=420"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/420\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=420"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=420"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=420"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}