{"id":447,"date":"2012-05-14T09:22:23","date_gmt":"2012-05-14T08:22:23","guid":{"rendered":"http:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/?p=447"},"modified":"2012-05-14T09:22:23","modified_gmt":"2012-05-14T08:22:23","slug":"uso-de-vivienda-por-una-hija","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/2012\/05\/14\/uso-de-vivienda-por-una-hija\/","title":{"rendered":"Uso de vivienda por una hija."},"content":{"rendered":"<p align=\"JUSTIFY\"><strong>Luz tiene una hija que va a independizarse, comenzando a vivir con su pareja, aunque de momento no piensan casarse. Le han pedido que les deje una vivienda que Luz no utiliza y que ha heredado tras el fallecimiento de sus padres. Luz est\u00e1 dispuesta a dej\u00e1rsela a su hija, pero no quiere que su novio pueda adquirir ning\u00fan derecho y le gustar\u00eda poder recuperarla en cualquier momento si cambia de opini\u00f3n, pues aunque ahora su situaci\u00f3n econ\u00f3mica es buena, puede ser que en el futuro necesite complementar sus ingresos alquilando ese piso que ahora no utiliza. Su hija le ha ofrecido hacer un contrato de arrendamiento fijando un alquiler a modo simb\u00f3lico y con el que Luz pueda pagar los gastos de comunidad, luz y gas, pues se dejar\u00edan a su nombre. Nos pregunta si es la forma mas adecuada de hacerlo.<\/strong><\/p>\n<p align=\"JUSTIFY\">Teniendo en cuenta que tu intenci\u00f3n es que tu hija y su novio no adquieran derechos, de forma que puedas exigir que abandonen la vivienda en cualquier momento que te interese recuperarla, no es recomendable que se formalice este uso como un alquiler fijando una renta baja. Piensa que hacer un contrato de arrendamiento implica para t\u00ed estar dispuesta a prescindir de la vivienda durante cinco a\u00f1os, pues aunque se fije una duraci\u00f3n inferior, el inquilino tiene derecho por ley a pr\u00f3rrogas anuales hasta alcanzar esa duraci\u00f3n m\u00ednima. Por otra parte, si se fija una cantidad de alquiler simb\u00f3lica y se pacta que los gastos de comunidad, IBI y suministros corran de tu parte, no estar\u00e1s ganando nada, pues en el mejor de los casos solo podr\u00e1s compensar uno con otro y, por el contrario, tendr\u00e1s todas las obligaciones que corresponden al arrendador. Dadas las circunstancias quiz\u00e1s sea mejor opci\u00f3n plantear la situaci\u00f3n como un precario, pudiendo hacer un documento privado entre las partes que clarifique y califique esta situaci\u00f3n con algunas clausulas b\u00e1sicas como, por ejemplo, el derecho de la propietaria a recuperar la vivienda en cualquier momento (puede establecerse un preaviso para mayor seguridad de los ocupantes), la obligaci\u00f3n de los ocupantes de abonar durante el uso de la vivienda los gastos de comunidad y suministros, cuestiones relativas a mantenimiento, posibles obras y cualesquiera otro asunto que sea de inter\u00e9s. Eso s\u00ed, si la cesi\u00f3n se plantea como precario, nada tiene que ver con un contrato de arrendamiento y no se fijar\u00e1 una renta mensual.<\/p>\n<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on the_content --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on the_content -->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Luz tiene una hija que va a independizarse, comenzando a vivir con su pareja, aunque de momento no piensan casarse. Le han pedido que les deje una vivienda que Luz no utiliza y que ha heredado tras el fallecimiento de sus padres. 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