{"id":461,"date":"2012-06-11T09:47:42","date_gmt":"2012-06-11T08:47:42","guid":{"rendered":"http:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/?p=461"},"modified":"2012-06-11T09:47:42","modified_gmt":"2012-06-11T08:47:42","slug":"novedades-para-los-licenciados-en-derecho","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/2012\/06\/11\/novedades-para-los-licenciados-en-derecho\/","title":{"rendered":"Novedades para los licenciados en derecho"},"content":{"rendered":"<p><img loading=\"lazy\" class=\"alignleft\" style=\"float: left;\" src=\"\/\/www.sxc.hu\/pic\/m\/p\/pl\/plex\/68918_law_education_series_3.jpg\" alt=\"\" width=\"300\" height=\"225\" \/><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>De nuevo ha cambiado ley 34\/2006 sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador. Y no en cuanto a los requisitos que siguen siendo los mismos que en su redacci\u00f3n inicial (tras los estudios universitarios, una formaci\u00f3n pr\u00e1ctica y un examen de acceso a la profesi\u00f3n), sino en cuanto a quienes van a ser exigibles.<br \/>\nEl problema se plantea porque en la actualidad conviven dos planes de estudios en derecho: el de licenciado, de cinco a\u00f1os y el de grado en derecho, de cuatro a\u00f1os, que sustituye al anterior que poco a poco se va extinguiendo a medida que los alumnos avanzan en la licenciatura. El plan de grado en derecho surge para unificar las titulaciones a nivel europeo y reduce el tiempo de estudios te\u00f3ricos con idea de complementar despu\u00e9s la formaci\u00f3n con\u00a0 una formaci\u00f3n pr\u00e1ctica que podr\u00e1n impartir las universidades y escuelas de pr\u00e1ctica jur\u00eddica y con unas pr\u00e1cticas externas. Este proceso finaliza con una evaluaci\u00f3n, que hasta la fecha a\u00fan no se ha producido, pues el plan de grado se encuentra a d\u00eda de hoy en su segundo a\u00f1o de estudios universitarios.<br \/>\nSi este camino para lograr ser abogado o procurador se pens\u00f3 para\u00a0 grado en derecho, en la redacci\u00f3n inicial de la ley 34\/2006 inclu\u00eda tambi\u00e9n a licenciados, pero no a todos ellos, sino solo a una parte ya fuera en funci\u00f3n del a\u00f1o en que finalizaran sus estudios o en el que se hubieran matriculado. Tras pasar por dos soluciones intermedias que no parec\u00edan muy justas, finalmente de nuevo ha cambiado la regulaci\u00f3n, esperemos que esta vez de forma definitiva: solamente ser\u00e1 exigible la formaci\u00f3n pr\u00e1ctica y el examen de acceso a los que finalicen sus estudios de grado en derecho. A los licenciados no, siempre y cuando se colegien como como ejercientes o no ejercientes en el plazo m\u00e1ximo de dos a\u00f1os desde que se encuentren en condiciones de solicitar la expedici\u00f3n del t\u00edtulo oficial de licenciado en Derecho.<br \/>\nLa soluci\u00f3n es m\u00e1s justa al no discriminar a los licenciados en funci\u00f3n de cuando terminen o se matriculen y es una soluci\u00f3n igual para todos ellos que diferencia as\u00ed los dos planes de estudios de forma clara. Evidentemente esto no significa que los licenciados cuando terminan sus estudios no necesiten formarse desde el punto de vista pr\u00e1ctico. Si es que quieren ser abogados o procuradores tendr\u00e1n que hacerlo igualmente, aunque no est\u00e9n sujetos a una forma reglada.<\/p>\n<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on the_content --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on the_content -->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>&nbsp; De nuevo ha cambiado ley 34\/2006 sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador. 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