{"id":964,"date":"2015-09-09T14:30:41","date_gmt":"2015-09-09T12:30:41","guid":{"rendered":"http:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/?p=964"},"modified":"2015-09-09T14:30:41","modified_gmt":"2015-09-09T12:30:41","slug":"divorcios-y-matrimonios-ante-notario","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/2015\/09\/09\/divorcios-y-matrimonios-ante-notario\/","title":{"rendered":"Divorcios y matrimonios ante Notario"},"content":{"rendered":"<p><img loading=\"lazy\" style=\"float: left; margin: 5px;\" src=\"\/\/images.freeimages.com\/images\/previews\/e45\/couple-1423044.jpg\" alt=\"\" width=\"312\" height=\"439\" \/>Desde el pasado 23 de julio de 2015 los notarios pueden casar y divorciar, as\u00ed que los primeros supuestos no se han hecho esperar y han tenido repercusi\u00f3n medi\u00e1tica, lo que ayudar\u00e1 a que otras parejas se interesen por estas nuevas formas de iniciar o poner fin a su matrimonio. No obstante, se trata de un sistema que se a\u00f1ade a los otros que ya exist\u00edan y que subsisten, por lo que en cada caso habr\u00e1 que valorar y elegir dentro de lo posible.<\/p>\n<p>En el caso de las bodas, la puerta de acceso al matrimonio pod\u00eda ser la celebraci\u00f3n religiosa o, en caso de optar por una opci\u00f3n civil,\u00a0 el Juzgado o\u00a0 el Ayuntamiento. Se a\u00f1ade ahora como forma civil la celebraci\u00f3n ante Notario, lo que no significa que haya que celebrar el enlace en una notar\u00eda, pues bien puede el Notario, si as\u00ed lo consiente, desplazarse all\u00ed donde el evento se produzca, lo que en algunos casos puede inclinar la balanza ante esta opci\u00f3n, permitiendo que el enlace y el banquete se celebren en un mismo lugar evitando el desplazamiento de invitados y novios.<\/p>\n<p>En cuanto a los divorcios y separaciones judiciales, tambi\u00e9n podr\u00e1n formalizarse ante Notario, pero en este caso son varios los matices que hay que hacer, para no generar falsas expectativas. En primer lugar, solamente se pueden formalizar ante Notario los divorcios que sean de mutuo acuerdo entre los c\u00f3nyuges y no haya hijos menores de edad. En segundo lugar, sigue siendo necesaria la asistencia de un abogado que ser\u00e1 quien redacte el convenio regulador que contendr\u00e1 las medidas\u00a0 que regulen el divorcio, exactamente igual que se ven\u00eda haciendo en la v\u00eda judicial.<\/p>\n<p>\u00bfCu\u00e1l ser\u00e1 entonces la diferencia de procedimientos? En una primera fase, ser\u00e1 exactamente igual que antes, los c\u00f3nyuges que se quieren divorciar de mutuo acuerdo elegir\u00e1n un abogado para que redacte su convenio regulador. Pueden contar con un\u00a0 solo letrado para los dos o uno para cada uno, seg\u00fan sea su nivel de confianza y acercamiento, pues muchas veces resulta necesaria una negociaci\u00f3n. Una vez redactado el convenio regulador hay que dar validez legal a este acuerdo. Aqu\u00ed es donde habr\u00e1 que decidir si se presenta el convenio en el Juzgado para su ratificaci\u00f3n o se hace en una Notar\u00eda. Los c\u00f3nyuges tendr\u00e1n que comparecer y firmar tanto en un caso como en el otro. En una notar\u00eda ser\u00e1 r\u00e1pido. En el Juzgado seguramente se acortar\u00e1 la espera al haberse autorizado al Secretario Judicial a autorizar este tipo de rupturas, pero seguir\u00e1 dependiendo de cada Juzgado. Algunos son bastante r\u00e1pidos, pero tendr\u00e1n dif\u00edcil competir con una Notaria. En cuanto a costes, el Juzgado no cobra nada por un divorcio, al haberse suprimido las tasas para las personas f\u00edsicas, si bien habr\u00e1 que pagar al procurador. En el caso dela Notaria, habr\u00e1 que pagar el arancel notarial. En cualquier caso hay que abonar al abogado sus honorarios por la elaboraci\u00f3n del convenio regulador. As\u00ed que lo comido por lo servido, en costes econ\u00f3micos finalmente no va a haber gran diferencia.<\/p>\n<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on the_content --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on the_content -->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Desde el pasado 23 de julio de 2015 los notarios pueden casar y divorciar, as\u00ed que los primeros supuestos no se han hecho esperar y han tenido repercusi\u00f3n medi\u00e1tica, lo que ayudar\u00e1 a que otras parejas se interesen por estas nuevas formas de iniciar o poner fin a su matrimonio. 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