{"id":974,"date":"2015-10-05T10:45:30","date_gmt":"2015-10-05T08:45:30","guid":{"rendered":"http:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/?p=974"},"modified":"2015-10-05T10:45:30","modified_gmt":"2015-10-05T08:45:30","slug":"pocos-cambios-en-la-regulacion-del-aborto","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/2015\/10\/05\/pocos-cambios-en-la-regulacion-del-aborto\/","title":{"rendered":"Pocos cambios en la regulaci\u00f3n del aborto."},"content":{"rendered":"<p><img loading=\"lazy\" class=\"alignleft\" style=\"margin: 5px;\" src=\"\/\/images.freeimages.com\/images\/previews\/3e2\/pregnacy-test-1313425.jpg\" alt=\"\" width=\"397\" height=\"263\" \/>Los supuestos en que est\u00e1 permitido abortar son mucho m\u00e1s que una cuesti\u00f3n jur\u00eddica, ya que cuenta con un contenido ideol\u00f3gico, religioso, pol\u00edtico y \u00e9tico altamente sensible que a nadie se le escapa. La \u00faltima reforma importante en materia normativa se produjo con la ley 2\/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva e interrupci\u00f3n voluntaria del embarazo. Esta ley introdujo un sistema de plazos de modo que la mujer puede decidir si quiere abortar dentro de las primeras catorce semanas de embarazo cumpliendo tan solo unos sencillos requisitos: que el aborto se realice por un m\u00e9dico especialista o bajo su direcci\u00f3n, en un centro sanitario p\u00fablico o privado, con el consentimiento expreso y recogido por escrito de la embarazada y previa informaci\u00f3n de los derechos, ayudas y prestaciones p\u00fablicas a la maternidad, debiendo dejar tres d\u00edas entre la obtenci\u00f3n de esta informaci\u00f3n y la intervenci\u00f3n. M\u00e1s all\u00e1 de estas catorce semanas el aborto queda sujeto a una serie de condiciones estrictas y que tienen que ver con la salud de madre o del feto.<\/p>\n<p>A pesar de la pol\u00e9mica que supuso entonces esta reforma y la que supusieron los intentos de cambio y vuelta al sistema anterior, del debate pol\u00edtico y de la divisi\u00f3n social en relaci\u00f3n a este tema, a d\u00eda de hoy no se han producido importantes modificaciones y ya no es probable que se produzcan.<\/p>\n<p>Lo que s\u00ed ha cambiado y lo ha hecho recientemente es lo que tiene que ver con las mujeres de diecis\u00e9is y diecisiete a\u00f1os. La ley 2\/2010 consideraba que era suficiente el consentimiento de la menor para abortar, inform\u00e1ndose a sus padres o tutores siempre y cuando la menor no alegase que esta informaci\u00f3n pudiera provocar un grave conflicto familiar. Es en este \u00fanico punto donde se ha producido la reforma, pues ahora adem\u00e1s del consentimiento de la menor resulta necesario el de sus padres o tutores. Cuesti\u00f3n tambi\u00e9n, por otra parte, ampliamente debatida.<\/p>\n<p>En conclusi\u00f3n, y centr\u00e1ndonos tan solo en el contenido de la ley obviando cualquier otra discusi\u00f3n, seguimos con un sistema de plazos, donde una mujer mayor de edad puede decidir libremente abortar dentro de las primeras catorce semanas de embarazo, siendo necesario el consentimiento de padres o tutores para las menores de edad que deseen abortar, quedando en manos del Juez la \u00faltima palabra en caso de conflicto.<\/p>\n<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on the_content --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on the_content -->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los supuestos en que est\u00e1 permitido abortar son mucho m\u00e1s que una cuesti\u00f3n jur\u00eddica, ya que cuenta con un contenido ideol\u00f3gico, religioso, pol\u00edtico y \u00e9tico altamente sensible que a nadie se le escapa. La \u00faltima reforma importante en materia normativa se produjo con la ley 2\/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva [&hellip;]<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on get_the_excerpt --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on get_the_excerpt --><\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[6],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/974"}],"collection":[{"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/wp-json\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=974"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/974\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=974"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=974"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/cuervoalfageme\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=974"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}