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Guillermo Díaz Bermejo

A las pruebas me remito

La nueva Ley de Extranjería recortará los derechos de los “sin papeles”

El pasado jueves, el Gobierno ha conseguido superar en el Congreso de los Diputados, la reforma de la Ley de Extranjería.

Tal y como está redactado el anteproyecto, si sale adelante la reforma, los inmigrantes que se encuentren en España en situación irregular (sin papeles), quedarán privados del acceso a la educación para sus hijos y a la asistencia sanitaria. Esto es así porque, con la nueva redacción, no podrán empadronarse y este es un requisito necesario para acceder a estos servicios públicos.

La exposición de motivos que precede al anteproyecto de ley, identifica el concepto “residencia” con el de “autorización de estancia o residencia legal”. Por ello, cuando el artículo 6.3 del texto dice que los Ayuntamientos incorporarán al Padrón a los extranjeros que “residan” en su territorio, “está excluyendo” a aquellos que se encuentren sin papeles. Esto además hace que los “sin papeles” sean invisibles para los municipios donde estén residiendo de modo irregular.

La duda que nos queda sobre el recorte de estos derechos, es si se trata de un puro “lapsus” o si es una clara “intención del legislador al introducir la modificación del empadronamiento, que quedaría desvirtuado al no poder quedar constancia de las personas que verdaderamente residen en un municipio.

De otra parte, la modificación del precepto relativo al acceso de los extranjeros a la educación, podría rayar la inconstitucionalidad, ya que “la reforma limita de forma clara el acceso a la educación no obligatoria”.

Igualmente, la reforma introduce restricciones en materia de vivienda social, ya que se plantea la residencia de larga duración (más de cinco años legalmente) como condición para el acceso a estas ayudas.

También se produce un “endurecimiento” del régimen sancionador para extranjeros con medidas como la ampliación a 60 días del plazo máximo de internamiento previo a la expulsión, ya que hoy, en la práctica, en la práctica, la media de estancia en los Centros de Internamiento para Extranjeros (CIE) es de 20 a 30 días, por lo que “no se justifica” la ampliación para agilizar repatriaciones. De otra parte, la Directiva de Retorno europea sobre la materia es de “mínimos” y no obliga a los Estados a imponer condiciones más restrictivas de las que ya tenga en vigor.

Por último, se produce una clara restricción de las reagrupaciones al núcleo familiar (cónyuge o análogo e hijos menores), la falta de soluciones para el problema de los menores inmigrantes que alcanzan los 18 años de edad bajo tutela de la Administración Pública y las “condiciones más gravosas” que impone el anteproyecto a los extranjeros para acceder a la justicia gratuita, por entender que se trata de “retrocesos” que llegan en un “momento inoportuno” porque “asocian crisis e inmigración” y que “no servirán para construir una sociedad más justa a largo plazo”.”

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El blog de un jubilado activo dedicado al voluntariado social, permanentemente aprendiendo en materia del derecho de las nuevas tecnologías y crítico con la política y la injusticia social.


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