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	<title>SITEL Y EL SECRETO DE LAS COMUNICACIONES ABOGADO/CLIENTE | A las pruebas me remito - Blogs elcomercio.es</title>
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	<description>Blog de Guillermo Díaz Bermejo</description>
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		<title>SITEL Y EL SECRETO DE LAS COMUNICACIONES ABOGADO/CLIENTE | A las pruebas me remito - Blogs elcomercio.es</title>
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		<pubDate>Wed, 14 Oct 2009 06:41:00 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Guillermo Díaz Bermejo</dc:creator>
		                		<category><![CDATA[Derecho]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho informático]]></category>

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		<description><![CDATA[No hace muchos días escribía un artículo relativo a las insuficientes garantías jurídicas de SITEL. Lamentablemente no he tenido que esperar mucho tiempo para encontrarme con un caso de manifiesta violación de derechos fundamentales de ciudadanos a causa de escuchas realizadas con ese novedoso sistema. Las advertencias y problemas que denunciaba por uso indebido de [&#8230;]]]></description>
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<html><head><meta http-equiv="content-type" content="text/html; charset=utf-8"></head><body><p><a href="http://3.bp.blogspot.com/_1Ce0HZD8USI/StXvOHX7JrI/AAAAAAAAAoI/W7vbP6X2ejE/s1600-h/images.jpg" rel="external nofollow"><img border="0" alt="" src="//3.bp.blogspot.com/_1Ce0HZD8USI/StXvOHX7JrI/AAAAAAAAAoI/W7vbP6X2ejE/s400/images.jpg"></a></p>
<div align="justify">No hace muchos días escribía un artículo relativo a las <a href="http://hispadata.blogspot.com/2009/10/sitel-la-gran-oreja-del-gobierno-no.html" rel="external nofollow">insuficientes garantías jurídicas</a> de <span>SITEL</span>. <span>Lamentablemente</span> no he tenido que esperar mucho tiempo para encontrarme con un caso de manifiesta violación de derechos fundamentales de ciudadanos a causa de escuchas realizadas con ese novedoso sistema. Las advertencias y problemas que denunciaba por uso indebido de <span>SITEL</span>, se han hecho realidad.</div>
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<div align="justify">Me refiero al llamado “Caso <span>Gurtel</span>” en el que se autorizaron grabaciones de <span>conversaciones</span> privadas dentro de la <span>cárcel</span>, entre presuntos implicados de esta trama corrupta y sus abogados. Estas escuchas fueron conocidas al haberse producido diferentes <span>filtraciones</span> a determinados medios de <span>comunicación</span>, <span>filtraciones</span> a las que yo aludía en mi artículo como uno de los grandes riesgos del sistema de interceptación de <span>comunicaciones</span>.</div>
<div align="justify"></div>
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<div align="justify">Además del grave problema de las <span>filtraciones</span> a medios, a mi juicio, estas escuchas violan de modo flagrante el derecho fundamental de defensa, así como el derecho al secreto profesional de las <span>comunicaciones</span> entre un abogado y su cliente. Sin duda alguna, estamos ante una manifiesta violación del Estado de Derecho, ya que las escuchas, además de ser previamente autorizadas por un Juez, han de tener un <span>carácter</span> restrictivo aplicable sólo a los casos de terrorismo, crimen organizado o en los supuestos en los que un abogado puesta estar implicado. Pero en modo alguno pueden realizarse en cualquier <span>procedimiento</span> penal.</div>
<div align="justify"></div>
<div align="justify">El <a href="http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/constitucion.t1.html" rel="external nofollow">artículo 24.2 de la Constitución Española</a> recoge el Derecho a la Defensa y sin lugar a duda estas grabaciones vulneran este derecho fundamental. Pero, además, hay otros muchos preceptos en nuestra legislación que protegen el derecho de defensa, el derecho a no <span>autoinculparse</span>, el derecho a no declarar contra si mismo, el secreto profesional y la inviolabilidad de las <span>comunicaciones</span> entre abogado y cliente.</div>
<div align="justify"></div>
<p></p>
<div align="justify">Sólo de modo excepcional y restrictivo, en casos de terrorismo o de delincuencia internacional, podrían haberse realizado estas escuchas, pero nunca en este caso en el que todos estos derechos han sido violados. Y además de todo eso, por si no fuera poco, las grabaciones han sido filtradas a medios de <span>comunicación</span> y en ese sentido que cada uno piense en “quien” y “con qué ocultos intereses” ha filtrado la información a un determinado medio de <span>comunicación</span> muy vinculado, dicho sea de paso, al actual Gobierno español.</div>
<p></p>
<div align="justify"></div>
<div align="justify"></div>
<div align="justify">Como ha dicho en Consejo General de la Abogacía en una reciente nota de queja: “el secreto profesional como parte esencial del derecho de defensa tiene una vertiente de tutela de la intimidad del cliente. El abogado está eximido de denunciar y declarar como testigo en relación con los hechos que el procesado y su cliente le hubiera confiado en su calidad de defensor, según establece la Ley de <span>Enjuiciamiento</span> Criminal”.</div>
<div align="justify">No parece que quede duda alguna de que estas grabaciones, empleadas como medio de investigación en un proceso penal, han aparejado un altísimo grado de injerencia del Estado en el repertorio de derechos fundamentales que nuestro sistema constitucional garantiza a cualquier ciudadano. La posibilidad de que las <span>comunicaciones</span> de un ciudadano con su abogado puedan ser sometidas a escucha, convierten la investigación en un instrumento de control de los poderes del Estado, frente a una de las más singulares manifestaciones de <span>privacidad</span> del ciudadano.</div>
<div align="justify"></div>
<p></p>
<div align="justify">Concluyo por tanto diciendo que las escuchas son ilegales en cuanto que no ha habido garantías jurídicas, que se ha violado un derecho fundamental cual es el de la defensa de cualquier ciudadano, que <span>Sitel</span> se ha utilizado como un instrumento de poder del Estado en el ejercicio de su “<span>ius</span> <span>puniendi</span>“, y <span>evidentemente</span>, esto en nada contribuye a que el ciudadano confíe en el Estado de Derecho.  No me sorprenderá nada que los Abogados empiecen a solicitar la nulidad de las actuaciones de “Gurtel” o que incluso alguno piense en exigir responsabilidades al Fiscal por no haber actuado de oficio contra esta privación del derecho de defensa, o contra el Juez Garzón si era conocedor de estas escuchas en la carcel.</div>
</body></html>
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