Estamos acostumbrados a leer en los medios de comunicación, noticias sobre los escándalos de corrupción que tenemos en nuestro país, las estafas gigantescas, los fraudes de todo tipo y el dinero que se roba a espuertas. Pero, con todo eso, son escasísimos los ladrones de guante blanco -y menos si son políticos o deportistas-, que terminan condenados por sentencia firme. Tenemos por ejemplo el caso de Leo Mesi, en el que la Fiscalía retiró la solicitud de pena de prisión, por haber defraudado al fisco más de cuatro millones de euros, o el de Cristiano Ronaldo que, por defraudar más de 18 millones de euros, eludió su entrada en prisión, pactando con la Agencia Tributaria una multa de 360.000€. Aunque por una cuantía inferior, tenemos el caso de la expresidenta de Madrid, Cristina Cifuentes que fue pillada in fraganti, hurtando cosméticos en un supermercado y que, por ser quien era, tras pagar los productos, la dejaron marchar sin presentar ninguna denuncia contra ella.
Pero ¿qué pasa cuando un pobre sin recursos económicos, hurta 8€ en un supermercado? Pues pasa que todo el rigor de la ley cae sobre él. El Fiscal, rigurosamente, interesa la condena del denunciado y el Juez de Instrucción correspondiente dicta una sentencia ejemplar. ¿Qué no se lo creen? ¿exagero? Pues no. Esto es tan real como la vida misma. Voy a comentar un caso que conozco, para que cada cual saque sus propias conclusiones.
Soledad, voy a llamarla así, es una mujer, víctima de violencia de género, que trabaja a salto de mata en el servicio doméstico y que convive en un pequeño apartamento con su hija de 20 años, la pareja de esta y un bebé de seis meses. Los ingresos mensuales conjuntos de esta familia ascienden a no más allá de 500€ y como no pueden pagar el alquiler que tienen estipulado de 300€, en este momento están en proceso de desahucio y se quedarán en la calle.
Un día, seguramente agobiada por su situación económica, entra en Mercadona, retira de las estanterías dos latas de conservas y una bolsita de detergente. Un vigilante que controla las cámaras de seguridad del supermercado, ve como Soledad introduce en su bolso de mano estos productos e inmediatamente, sin esperar ni tan siquiera a que pasara por las líneas de caja para ver si iba a pagar los productos o no, la intercepta en el área de la carnicería y procede a retenerla. A la llamada del vigilante, acude la Policía Nacional que procede a su detención. En el atestado se hace constar que el valor de los productos hurtados, asciende a 8,87€. Se hace constar también que la detenida pidió que la dejaran pagar los productos en la caja y que la dejaran libre, pero que la encargada del supermercado no accedió ya que tenía instrucciones de sus superiores de denunciar todo para que sirviera de escarmiento.
El siguiente paso es que el Juzgado de Instrucción abre el procedimiento correspondiente, y en pocos días, se celebra un juicio rápido y el Ministerio Fiscal interesó la condena de Soledad como autora responsable de un delito leve de hurto. Resulta condenada a la pena de un mes de multa a razón de seis euros de cuota diaria, con un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas y con la imposición de las costas del juicio. O lo que es lo mismo, como es insolvente y no puede pagar esos 180€ de multa será privada de libertad durante 15 días.
Yo no voy a cuestionar aquí el procedimiento instruido, la solicitud de condena ejercitada por el Fiscal y la sentencia dictada por el Magistrado Juez, ya que en todo esto se ha observado la rigurosa aplicación de la legalidad vigente. Lo que cuestiono es que, si esta mujer hubiere tenido recursos económicos, se habría podido pagar un abogado que la defendiera (al ser un juicio de faltas no es preceptiva la intervención de Letrado y por eso no se lo designaron de oficio), y lo más probable es que hubiere resultado absuelta, o bien por falta de pruebas (aún no había pasado la línea de caja), o por la eximente de estado de necesidad. Pero claro, esta pobre mujer no era Cristina Cifuentes.
Tengo noticia también de la sorprendente condena de un ciudadano de La Coruña que acudió a la sucursal bancaria donde tenía una cuenta corriente para retirar los cinco euros que tenía y dejarla cancelada. Al informarle que no le podían dar el dinero del que creía disponer, ya que tenía saldo negativo debido a que la comisión de mantenimiento de la cuenta era superior a esos cinco euros, el hombre enojado, vociferó al empleado de la sucursal y como no conseguía su objetivo, saltó el mostrador, abrió el cajón, cogió los cinco euros que consideraba suyos y se marchó. El resultado final es que fue condenado a dos años de prisión
Lo que sí me cuestiono es que por un hurto de 5 u 8€ respectivamente, se haya puesto en marcha un procedimiento judicial que ha movilizado unos ingentes recursos tanto de la Policía Nacional como de la Administración de Justicia, que a mi juicio resultan desproporcionados. Son los propios Magistrados instructores los que cuestionan que tengan que ocuparse de juzgar este tipo de delitos leves (antes faltas) de tan poca complejidad y que sin duda alguna les restan tiempo y recursos para investigar y enjuiciar casos complejos de corrupción o de delitos graves como asesinatos o violaciones, por ejemplo.
Ya sé que alguien me puede decir hay que aleccionar a la gente y que no se pueden consentir estas cosas. Pero yo les diría que entonces no se quejen cuando protestan porque la justicia está colapsada, porque es lenta y porque esos grandes defraudadores no son condenados. Todos los recursos que se invierten en perseguir estos pequeños hurtillos, perfectamente pueden ser resueltos por la propia Policía, porque si se trata de escarmiento y de lección ejemplar, qué mayor escarmiento que por hurtar productos por valor de 8€ es el de estar en los calabozos de la comisaría 24 horas.
Para terminar diría que no siempre lo legal es justo y no siempre lo justo es legal. Añadiría también que este procedimiento de los juicios rápidos, quizá no sea el mas adecuado, puesto que, muchas veces, la celeridad no es sinónimo de justicia, ya que esa rapidez puede provocar muchas veces situaciones de auténtica indefensión. El propio presidente del Tribunal Supremo Sr. Lesmes, manifestó públicamente que la ley está hecha para el roba gallinas y no para el defraudador o para el delincuente de guante blanco.
Y dicho esto, concluyo como empecé con el título de este artículo: El rigor de la ley sólo se aplica a los pobres sin recursos. ¡Qué injusta puede ser la Justicia!