He analizado el último Real Decreto-Ley del Gobierno, por el que, en el ámbito laboral, se adoptan medidas complementarias, para paliar los efectos derivados del Covid-19 y aprecio que, además de haber levantado una importante polémica y muchas dudas de interpretación, resulta descorazonador y decepcionante, tanto para los colectivos laborales más vulnerables, como para la propia economía. He oído también a los miembros del comité de seguimiento y veo que emplean muchos fuegos de artificio, que utilizan las ya manidas frases de todos los días, pero, para lo más vulnerables, nada concreto.
Pienso, por ejemplo, en los trabajadores autónomos, que son los que día a día, trabajan personalmente para sostener su actividad y muchas veces para pagar el suelo de sus empleados y no se encuentran con ayuda de ningún tipo, ya que con ingresos escasos e incluso, sin ningún ingreso, se ven obligados a seguir pagando sus cotizaciones a la seguridad social o haciendo sus declaraciones fiscales, igual que si estuvieren trabajando.
Pienso en los trabajadores que actualmente tienen un contrato temporal y que, una vez extinguido este en los próximos días o semanas, se van a ir a sus casas sin nada. Pienso en las empleadas del hogar que pueden resultar despedidas en cualquier momento por desistimiento y que se van a quedar sin ninguna protección por desempleo. Pienso también en aquellos trabajadores que antes de que se desencadenara esta crisis sanitaria, ya estaban desempleados y muchos de ellos sin ninguna prestación y que ahora, con la situación actual, por mucho que quieran, ya no van a encontrar ningún trabajo.
Además de esto, por lo que he observado, la medida que este nuevo Real Decreto recoge y que es la que ha generado mas polémica, es la que se refiere a los despidos. Días antes, la Ministra de Trabajo, en las habituales ruedas de prensa, ya había dicho a bombo y platillo que “el gobierno había prohibido los despidos por coronavirus”. Decía y se comentaba también en las redes sociales, que lo que se pretendía era que ninguna empresa se pudiere aprovechar de la pandemia para despedir a los trabajadores.
Mucha palabrería, mucho fuego de artificio una vez más, pero, lamentablemente, la realidad es y va a ser otra muy diferente. No es cierto que el Real Decreto prohíba los despidos. Lo que en realidad dice es que, si se despide a alguien, no podrá alegarse fuerza mayor ni causas económicas, técnicas organizativas o de producción y eso está bien, ya que para eso están previstos los expedientes de regulación de empleo temporal. Pero, con esta salvedad, ¿dónde se dice que un empresario no puede despedir a uno de sus trabajadores por causas disciplinarias?
A mi juicio, de poner trabas a estos despidos disciplinarios, los efectos pretendidos pueden ser totalmente contraproducentes, ya que se puede generar una mayor litigiosidad en los juzgados de lo social. Está claro que si una empresa practica un despido disciplinario y en el proceso se acredita que ha sido un despido fraudulento y por tanto nulo, el trabajador será readmitido, pero también está claro que, si en el proceso se acredita que el trabajador ha incumplido con sus obligaciones laborales, será despedido sin indemnización alguna. El problema es que, si los juzgados están materialmente cerrados, ¿cuándo se va a dictar la sentencia que resuelva la procedencia o no del despido?
No alcanzo a entender que medidas de esta naturaleza, que van a tener mucho impacto social y que además pueden provocar un brusco frenazo de nuestra economía, no hayan tenido, no el consenso, sino simplemente la consulta a los agentes sociales y a los partidos políticos. Termino diciendo que se trata de medidas de mucho impacto mediático, pero que al final, los más perjudicados, autónomos, pymes y trabajadores, seguirán estando perjudicados.