En los últimos años se está produciendo un desarrollo extraordinario de las nuevas tecnologías, empezando por internet y continuando con la inteligencia artificial. En estos momentos estamos metidos de lleno en una auténtica explosión de las tecnologías móviles y el desarrollo de la web llena de servicios, aplicaciones, redes sociales, blogs, alojamiento en la nube o wikis.
Ante nosotros tenemos también la inteligencia artificial, llena de subcampos, que van desde el aprendizaje y la percepción, al reconocimiento de voz o de imágenes, cálculos matemáticos, o diagnóstico de enfermedades, entre otras cosas. La inteligencia artificial que está en un enorme desarrollo permite sintetizar y automatizar tareas intelectuales, algo que resulta de gran relevancia para cualquier ámbito de la actividad intelectual humana.
Utilizando un símil automovilístico, las nuevas tecnologías se están moviendo como la fórmula 1, en la alta velocidad y en el desarrollo acelerado de prototipos. Por el contrario, utilizando un símil vulgar, el derecho se mueve a velocidad de burro, con todo el respeto para los jumentos.
El derecho, en este momento, con su enorme lentitud, está siendo superado por los vertiginosos ritmos tecnológicos, ya que intentó e intenta dar respuestas jurídicas y crear marcos legales que protejan todos los intereses en juego y particularmente los intereses de los ciudadanos. Así vemos como el Estado español vino aprobando La Ley 34/92 de Servicios de la Sociedad de la Información, la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal, la Ley de Firma Electrónica, etc.
Tenemos la Ley 11/2007 de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, o el proyecto de Ley de Conservación de Datos Relativos a las Comunicaciones Electrónicas y las Redes Públicas de Comunicaciones, o el proyecto de ley de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información y mas recientemente el Real Decreto Ley 7/22 que establece requisitos para garantizar la seguridad de las redes y servicios de comunicaciones electrónicas, o el RD 24/21 para que las plataformas digitales protejan los derechos de autor.
En lo que se refiere a la regulación de la inteligencia artificial la Unión Europea recientemente ha propuesto la Ley de Inteligencia artificial, destinada a establecer un marco jurídico para el uso de la IA en la Unión Europea.
Con todo y con ello, a mi juicio, los instrumentos jurídicos creados y puestos en marcha para hacer frente a los retos que plantean los avances tecnológicos están resultando bastante inadecuados ya que, sencillamente, la capacidad legislativa de un Estado y el ritmo de sus Tribunales de justicia, son incapaces de alcanzar y menos de mantener esa alta velocidad de los avances tecnológicos.
Piénsese sólo en el largo proceso que exige el desarrollo de una Ley con todos los largos y lentos trámites parlamentarios. O piénsese en la lentitud con que se mueve la Administración de Justicia, lentitud que hace que casi ni se genere jurisprudencia.
En definitiva, y volviendo al símil automovilístico, mientras que las nuevas tecnologías están compitiendo en la F1, las respuestas legislativas del Estado y la actuación de los Tribunales de Justicia se están moviendo con las tecnologías de los antiguos y lentos motores Diesel.
Por tanto, va a ser realmente difícil que el Derecho gane la carrera de las nuevas tecnologías.