>

Blogs

Guillermo Díaz Bermejo

A las pruebas me remito

ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

Desde hace más de diez años, el gobierno vino poniendo en marcha una serie de iniciativas para, con el desarrollo tecnológico al que se ha llegado, tratar de impulsar e implantar la administración electrónica, de modo que se permitiera a los ciudadanos la posibilidad de relacionarse con las administraciones públicas a través de internet y con ello facilitar y mejorar la atención, evitar desplazamientos y ganar en velocidad con procedimientos administrativos más ágiles.

Al tiempo que se iban poniendo en marcha infraestructuras en las diferentes Administraciones Públicas para facilitar la implantación de la administración electrónica, tales como registro electrónico común, notificaciones electrónicas, plataformas para la validación de firmas, etc. se fue promulgando un amplio marco legislativo que pretendía incidir en la interoperabilidad entre las Administraciones Publicas y los ciudadanos, así como en la seguridad de los sistemas.  Finalmente, como elemento catalizador de todo esto, el Gobierno, probablemente porque finalizaba su legislatura, de modo precipitado, promulgó el 1 de Octubre de 2015 la Ley de Procedimiento Administrativo Común, así como la Ley de la misma fecha, de Régimen Jurídico del Sector Público.  Sorprendió que esa ley tuviere una moratoria de un año, de modo que entró en vigor el pasado día 2 de Octubre de 2016, y sorprende aún más que, para lo realmente esencial como es el registro electrónico, el Portal de Acceso General electrónico de la Administración, o el archivo electrónico único, aun haya que esperar al 2 de Octubre de 2018, en que entrarán en vigor.

Hasta aquí todo parece muy bonito, pero la realidad es que han de hacerse muchas críticas a estas nuevas normas administrativas, ya que ese derecho que tenían y siguen teniendo los ciudadanos para relacionarse con la Administración por medios electrónicos,  por una mal entendida “electronización”, se ha transformado también en una obligación que se impone por la fuerza a personas jurídicas, profesionales que deban colegiarse obligatoriamente, representantes de sujetos obligados, entidades sin personalidad jurídica o empleados públicos. Se está ignorando nuestra realidad social al entenderse en la nueva regulación, que todos los ciudadanos somos doctos en el uso de las nuevas tecnologías o que todos tenemos los medios tecnológicos que se requieren para el acceso electrónico. Es criticable también que se imponga al ciudadano un sistema electrónico, mientras que en sentido contrario, no se exige ese sistema a las diferentes Administraciones que aún no tienen resuelto su problema de comunicaciones internas. Más criticable aun es que la carga de las notificaciones que antes recaía sobre la Administración, ahora se traslade al ciudadano que no puede saber ni qué, ni cuando se le notifica algo y que queda obligado a acudir permanentemente al domicilio electrónico para ver si tiene alguna notificación, so pena de incurrir en total indefensión. Se ha producido pues un retroceso en las garantías que antes teníamos los administrados.

A mi juicio, de nada sirve que se conceda un derecho de acceso en minúscula y una obligación en mayúscula, cuando todo el mundo sabe que la administración electrónica tiene escaso uso debido a la poca usabilidad de los servicios que se ofrecen, a las importantes dificultades para el uso del DNIe, o a la insuficiente información y formación de los ciudadanos.

Si exceptuamos administraciones concretas como es el caso de la Agencia Tributaria o la Dirección General de Tráfico que, como de lo que se trata es de recaudar impuestos con la mayor eficacia posible, o cobrar multas a toda velocidad, y por ello dan todas las facilidades del mundo para acceder a sus portales, el acceso a otras administraciones electrónicas puede convertirse en un verdadero infierno para el ciudadano común.

El DNI electrónico que podía haber supuesto un avance importante en nuestro analfabetismo digital, no ha solucionado el problema de disparidad de autoridades emisoras de certificados digitales como pueden ser Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, Cámaras de Comercio, colegios notariales y de registradores, ayuntamientos, o comunidades autónomas. Cada ente piensa en sí mismo, crea sus propios certificados digitales, crea sus propias estructuras y hace que utilizar nuestro DNI dotado del correspondiente chip, para realizar un trámite que en principio debería de haberse resuelto con tres click , termine convirtiéndose en un quebradero de cabeza para el usuario.

Yo que soy considerado por mis amigos y compañeros como un avanzado tecnológico, ya he sufrido varias veces ese infierno al acceder al Portal del Ciudadano de determinado Ayuntamiento para realizar un trámite telemático en la Administración autonómica y donde me vi obligado a buscar compatibilidades utilizando Windows 7 u 8 porque Windows 10 aun no era compatible, o a utilizar como navegador Internet Explorer porque Google Crome o Firefox no eran compatibles. Tardes o noches de intentos infructuosos para finalmente ir al día siguiente a la ventanilla a resolver la cuestión.

Si algunas administraciones públicas, sobre todo ayuntamientos pequeños o medianos, tienen serias dificultades para subirse al carro de la administración electrónica por sus importantes costos económicos para implantarla, por qué se habla de las “facilidades” que se dan a los ciudadanos, cuando en realidad lo que ocurre y seguirá ocurriendo en mucho tiempo hasta que todas las Administraciones cumplan esta nueva normativa legal, es que habrá problemas de acceso. O cuando se sabe que ese ciudadano común que pretende ahorrarse la cola de una ventanilla utilizando el ordenador de su casa, necesita tener buenos conocimientos sobre los navegadores que utiliza o saber corregir errores de navegación, descargar o instalar drivers, etc.etc.

Mal empezamos por tanto “obligando” a ciertos ciudadanos a utilizar la administración electrónica, cuando es la propia administración la que tiene grandes carencias para cumplir sus requisitos. ¿no habría sido mejor esperar primero a que todas las administraciones estuvieren preparadas (en 2018), a que los ciudadanos tuvieren la formación y facilidades necesarias y a partir de ahí “obligar”?.

 

Temas

Blog de Guillermo Díaz Bermejo

Sobre el autor

El blog de un jubilado activo dedicado al voluntariado social, permanentemente aprendiendo en materia del derecho de las nuevas tecnologías y crítico con la política y la injusticia social.


octubre 2016
MTWTFSS
     12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31