{"id":528,"date":"2015-08-09T22:50:11","date_gmt":"2015-08-09T20:50:11","guid":{"rendered":"http:\/\/blogs.elcomercio.es\/hispadata\/?p=528"},"modified":"2015-08-09T22:50:11","modified_gmt":"2015-08-09T20:50:11","slug":"imputado-y-dano-al-sistema-democratico","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/hispadata\/2015\/08\/09\/imputado-y-dano-al-sistema-democratico\/","title":{"rendered":"IMPUTADO Y DA\u00d1O AL SISTEMA DEMOCR\u00c1TICO"},"content":{"rendered":"<p>Igual me da hablar de imputado o de investigado, como el Ministro de Justicia defiende en su proyecto de reforma de la ley. No obstante, parto de la base\u00a0 que imputado es el\u00a0 t\u00e9rmino habitual en el lenguaje pol\u00edtico y que algunas formaciones pol\u00edticas vienen pidiendo que los imputados tienen que abandonar sus cargos p\u00fablicos, as\u00ed como que no pueden ser incluidos como candidatos en los procesos electorales. Parto de la base tambi\u00e9n que, hasta tanto no haya una sentencia firme, los imputados gozan de la presunci\u00f3n de inocencia que establece el art\u00edculo 24 de nuestra Constituci\u00f3n.<\/p>\n<p>Abundando en este tema, una reciente sentencia del Tribunal Supremo dice que \u201cla situaci\u00f3n de imputado en un proceso penal, por s\u00ed sola no es bastante para apreciar o descartar un il\u00edcito penal, pues es necesario que en ese proceso se hayan apreciado datos objetivos reveladores de una conducta que, pese a no alcanzar una definitiva relevancia penal, si exterioricen un proceder reprochable\u201d.\u00a0 En base a esta sentencia no puede considerarse carente de justificaci\u00f3n, desproporcionado o ausente de generalidad que, el acceso a un cargo p\u00fablico electo, debe de estar rodeado en nuestro ordenamiento jur\u00eddico de unos requisitos de buena conducta irreprochables, aun cuando finalmente no sean objeto de un il\u00edcito penal.<\/p>\n<p>En este escenario las preguntas son \u00bfa un pol\u00edtico imputado le ampara la presunci\u00f3n de inocencia para poder seguir manteni\u00e9ndose en el cargo para el que ha sido elegido? \u00bfdebe de dimitir en el momento en que es imputado, sin esperar a que haya una sentencia firme en la que puede ser condenado o absuelto?.<\/p>\n<p>Ciertamente, como a cualquier otro ciudadano, a un pol\u00edtico lo ampara la presunci\u00f3n de inocencia a la que tiene derecho constitucionalmente, hasta tanto no haya sido condenado por una sentencia firme. El problema que se plantea entonces es que cuando un pol\u00edtico es imputado, en mor a esa presunci\u00f3n de inocencia, habr\u00eda de esperarse a la resoluci\u00f3n del proceso, en el momento en que una sentencia sea firme y todos conocemos la lentitud de la administraci\u00f3n de justicia. Es m\u00e1s, a causa de esta lentitud, podr\u00edan darse casos en los que un pol\u00edtico imputado, puede terminar siendo condenado, incluso mucho tiempo despu\u00e9s de que haya abandonado su puesto pol\u00edtico por finalizar la legislatura y entonces, como parece l\u00f3gico, durante su mandato, podr\u00eda haber estado causando un irreparable da\u00f1o al sistema democr\u00e1tico.<\/p>\n<p>Si partimos de la base que la imputaci\u00f3n es la sospecha fundada por un juez instructor, de que una persona ha participado en un hecho punible, y que por eso al imputado le asiste el derecho de comparecer en el proceso asistido por su Abogado, hasta tanto no haya condena mediante sentencia firme, esa persona es inocente. \u00a0Pero tambi\u00e9n es cierto que un juez no imputa a nadie de modo gratuito y que si lo hace es porque tras la instrucci\u00f3n, ha encontrado indicios racionales de criminalidad o como m\u00ednimo conductas \u00e9ticamente reprobables aunque no terminen constituyendo delito. Es cierto tambi\u00e9n que son pocos los casos en que un imputado resulta absuelto. La generalidad es que casi todos resultan condenados.<\/p>\n<p>Como ha dicho alg\u00fan jurista, nos encontramos ante un c\u00e1lculo de riesgos. Por un lado estamos ante el riesgo de que una persona puede ver arruinada su carrera pol\u00edtica tras una imputaci\u00f3n de la que despu\u00e9s pudo terminar absuelto, y por otro lado estamos ante el riesgo de que si un pol\u00edtico imputado se mantiene en su puesto hasta tanto no haya una sentencia firme que lo condene, podr\u00eda estar causando da\u00f1os a nuestro sistema democr\u00e1tico y a los propios ciudadanos como consecuencia de la corrupci\u00f3n pol\u00edtica. En este caso, cuando resultara apartado por la sentencia, ya ser\u00eda tarde y el da\u00f1o estar\u00eda causado.<\/p>\n<p>Nos encontramos por tanto ante el riesgo de perjudicar la carrera pol\u00edtica de alguien, pero tenemos que valorar tambi\u00e9n que una cosa es la carrera pol\u00edtica y otra muy distinta es la carrera profesional de ese pol\u00edtico, que no tiene por qu\u00e9 verse perjudicada.\u00a0 Hemos de tener en cuenta tambi\u00e9n que en nuestra moderno sistema democr\u00e1tico, existen muchas personas que han hecho de la pol\u00edtica su profesi\u00f3n (los que yo llamo polit\u00f3cratas), y l\u00f3gicamente en estos casos van a resultar perjudicados. Pero si consideramos que hay partidos emergentes como es el caso de Ciudadanos, que pretende regenerar el sistema y que est\u00e1n planteando la limitaci\u00f3n de los mandatos pol\u00edticos a dos legislatura (se pretende erradicar la politocracia y partitocracia), la \u00a0no aceptaci\u00f3n de imputados en cargos pol\u00edticos, est\u00e1 m\u00e1s que justificada.<\/p>\n<p>Concluyo por tanto diciendo que, un cese, una dimisi\u00f3n o una exclusi\u00f3n en listas electorales, s\u00f3lo afecta al pol\u00edtico en sus cargos p\u00fablicos cuando resulta imputado, pero en modo alguno lo inhabilita para que realice las actividades profesionales o asalariadas que pueda realizar en raz\u00f3n a la capacidad de cada uno y si lo que se pretende es que ning\u00fan pol\u00edtico se aferre a su puesto contra viento y marea, parece m\u00e1s que razonable que ha de ser excluido de la pol\u00edtica hasta tanto no haya una sentencia firme que pueda absolverlo y, como dec\u00eda antes, esos casos de absoluci\u00f3n tras una imputaci\u00f3n, son bastante escasos. Mantengo por tanto que en el momento en que un pol\u00edtico es imputado, debe de abandonar ya que en un c\u00e1lculo de riesgos, el riesgo de absoluci\u00f3n es escaso y el riesgo de perjudicar su carrera pol\u00edtica es muy inferior al de que cause da\u00f1os irreparables al sistema democr\u00e1tico.<\/p>\n<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on the_content --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on the_content -->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Igual me da hablar de imputado o de investigado, como el Ministro de Justicia defiende en su proyecto de reforma de la ley. 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