{"id":876,"date":"2017-10-25T17:23:52","date_gmt":"2017-10-25T15:23:52","guid":{"rendered":"http:\/\/blogs.elcomercio.es\/hispadata\/?p=876"},"modified":"2017-10-25T17:23:52","modified_gmt":"2017-10-25T15:23:52","slug":"radares","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/hispadata\/2017\/10\/25\/radares\/","title":{"rendered":"RADARES"},"content":{"rendered":"<p>Ayer, en el Diario El Comercio, le\u00eda la noticia de que la justicia obligaba a apagar los radares de Oviedo. Sorprendentemente ahora leo, que tras tener que apagar los radares fijos,\u00a0 la Polic\u00eda Local pasa a controlar la entrada por la Y utilizando un radar m\u00f3vil.<\/p>\n<p>Tras estas informaciones y por lo que yo mismo he vivido y sufrido, tengo m\u00e1s que claro que la prioridad del Ayuntamiento de Oviedo, no es velar por la seguridad del tr\u00e1fico o facilitar la movilidad circulatoria dentro de la ciudad.\u00a0 Movido por su gran voracidad recaudatoria, lo que pretende es seguir nutriendo a las arcas municipales con las injustas e ilegales sanciones que est\u00e1 imponiendo a los incautos conductores. Y si yo estoy equivocado, que alguien me explique por qu\u00e9, tras verse obligado a retirar los radares fijos,\u00a0 debido a las sentencias dictadas por los Juzgados de lo Contencioso, de modo inmediato, al d\u00eda siguiente, coloca un tr\u00edpode con un radar m\u00f3vil para seguir cazando infractores que superan esos 50 km de velocidad m\u00e1xima que hay en esos dos quil\u00f3metros del tramo final de la autopista Y griega. Trat\u00e1ndose como se trata de una autopista con dos carriles, con accesos cerrados a peatones, qu\u00e9 sentido tiene que se limite a 50 por hora \u00bfacaso es que se piensa que se trata de un tramo urbano o especialmente peligroso?. No tiene ning\u00fan sentido.<\/p>\n<p>Tampoco tiene ning\u00fan sentido que, pese a la reiterada jurisprudencia existente, se sigan utilizando las c\u00e1maras llamadas foto\/rojo, que se activan inmediatamente a la puesta del sem\u00e1foro en rojo, para capturar al infractor que s\u00f3lo tiene el escas\u00edsimo margen de 3 segundos que dura el ciclo \u00e1mbar, para frenar el veh\u00edculo antes de la l\u00ednea de detenci\u00f3n, aunque este frenazo tan brusco implique un alto peligro de colisi\u00f3n por alcance, como de hecho est\u00e1 ocurriendo. Por qu\u00e9 se siguen utilizando esas c\u00e1maras que incumplen las normas UNE existentes para regular determinados procedimientos para la gesti\u00f3n del tr\u00e1fico en las ciudades.<\/p>\n<p>Y qu\u00e9 decir de la ilegalidad de las multas que se est\u00e1n poniendo en calles peatonales, aun cuando tras el varapalo que les ha dado el Defensor del Pueblo, se haya apresurado para publicar a toda prisa, una ordenanza municipal que maquille estas sanciones. Y qu\u00e9 decir de la sospechosa ilegalidad de esos radares m\u00f3viles, como el que, a toda prisa, se est\u00e1 usando ahora en la zona de Santullano, que probablemente est\u00e1 siendo manejado por un Polic\u00eda Local, que no tiene capacitaci\u00f3n t\u00e9cnica homologada y que instala un tr\u00edpode, seg\u00fan su leal saber y entender, \u00a0sin conocer si ese equipo, a su vez sin homologaci\u00f3n t\u00e9cnica, est\u00e1 correctamente instalado, est\u00e1 correctamente calibrado y est\u00e1 correctamente programado.<\/p>\n<p>El Ayuntamiento de Oviedo ya no tiene suficiente con recaudar m\u00e1s de 11,2 millones de euros con el Impuesto de Veh\u00edculos de Tracci\u00f3n Mec\u00e1nica, y con los 2,8 millones de estacionamiento en las zonas azules o con el mill\u00f3n de tasas de retirada de veh\u00edculos con la gr\u00faa. Necesita recaudar m\u00e1s y qu\u00e9 cosa m\u00e1s f\u00e1cil que instalar esos ilegales radares e ilegales c\u00e1maras para pillar al conductor. No se necesitan muchos Polic\u00edas Locales que vigilen. Basta con estos equipos y con\u00a0un sistema inform\u00e1tico que de modo autom\u00e1tico inicia la instrucci\u00f3n del expediente sancionador. Y como adem\u00e1s esto es un mero tr\u00e1mite administrativo que se realiza de modo mec\u00e1nico, todo muy sencillo.<\/p>\n<p>En los Juzgados de lo Contencioso Administrativo, este tipo de sanciones son declaradas nulas de pleno derecho, porque cuando el conductor agraviado recurre, el Ayuntamiento se niega a proporcionar los medios de prueba que se exigen sobre controles metrol\u00f3gicos y de las instalaciones de captaci\u00f3n, que no cumplen las necesarias normas UNE. \u00a0El Ayuntamiento tambi\u00e9n sabe que el Tribunal Supremo ya se ha pronunciado sobre la ilegalidad de estas sanciones. Pero aun as\u00ed, como tambi\u00e9n sabe que ese ciudadano no va a recurrir a los Tribunales, porque adem\u00e1s de quedar privado del 50% de la reducci\u00f3n de la sanci\u00f3n, tendr\u00e1 que pagar los honorarios de un Abogado que lleve el asunto al Juzgado y esto va a representar bastante dinero, se limita a rechazar las alegaciones, a denegar todas las pruebas metrol\u00f3gicas que legalmente son exigidas y hala, a recaudar que es de lo que se trata.<\/p>\n<p>Es indignante que cuando un ciudadano, como yo he hecho, recurre al Juzgado de lo Contencioso y obtiene sentencia favorable, en vez de esperar a que se le devuelva de oficio el importe de la multa que pag\u00f3, se ve obligado a continuar con laboriosos tr\u00e1mites para aportar sentencia, justificantes bancarios de ser titular de cuenta corriente, y otras zarandajas, para conseguir que se le devuelta el importe pagado. Pero es m\u00e1s indignante aun que, s\u00f3lo un d\u00eda despu\u00e9s de que el Ayuntamiento notifique la resoluci\u00f3n sancionadora, sin ni tan siquiera esperar a la firmeza de la resoluci\u00f3n (una vez que se acaba el plazo de dos meses para recurrir a los Tribunales), el Ayuntamiento ya comunica a la Direcci\u00f3n General de Tr\u00e1fico para que detraiga al conductor los 4 puntos de sanci\u00f3n. Claro, como sabe que nadie recurre, para qu\u00e9 esperar m\u00e1s.<\/p>\n<p>El ciudadano tiene que saber que, esta comunicaci\u00f3n precipitada que ha hecho a la Direcci\u00f3n General de Tr\u00e1fico y que ha provocado que en su historial de antecedentes aparezca la p\u00e9rdida de cuatro puntos (aun cuando despu\u00e9s se ha visto obligado a cancelar), \u00a0es un claro atentado contra el honor y que por eso el ciudadano tiene el derecho a exigir al Ayuntamiento da\u00f1os y perjuicios por su precipitaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Es lamentable que, en vez de tanto af\u00e1n recaudatorio y en vez de tantas prisas para sustituir los radares fijos ilegalizados por los tribunales, por otros m\u00f3viles probablemente tambi\u00e9n ilegales, no se dedique a lo verdaderamente importante que es velar de verdad por la seguridad del tr\u00e1fico y por la movilidad circulatoria. Y si las arcas municipales necesitan dinero, caramba, no pretendan estrujar al conductor.<\/p>\n<p>Y termino diciendo algo que creo que tiene mucho m\u00e1s calado que todo lo dicho hasta ahora: A la vista de la reiterada jurisprudencia existente, cuando el Concejal de Tr\u00e1fico dicta una resoluci\u00f3n sancionadora, a sabiendas de que es ilegal, lisa y llanamente puede estar incurriendo en un delito de prevaricaci\u00f3n. Por eso, al menos en lo que a m\u00ed se refiere, si en alg\u00fan momento vuelvo a ser captado por alguno de esos instrumentos y se me abre expediente sancionador, ya no me limitar\u00e9 a formular recurso ante los Juzgados de lo Contencioso. Ir\u00e9 directamente al Juzgado de guardia para formular denuncia por delito de prevaricaci\u00f3n contra el concejal que dicte la resoluci\u00f3n sancionadora contra m\u00ed. He dicho.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on the_content --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on the_content -->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Ayer, en el Diario El Comercio, le\u00eda la noticia de que la justicia obligaba a apagar los radares de Oviedo. Sorprendentemente ahora leo, que tras tener que apagar los radares fijos,\u00a0 la Polic\u00eda Local pasa a controlar la entrada por la Y utilizando un radar m\u00f3vil. 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