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Juan Neira

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UNA PRÁCTICA GENERALIZADA

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha dictado la apertura de juicio oral contra Ángel González por la forma en que adjudicó los monolitos de la Memoria Histórica cuando era consejero del Gobierno. El portavoz parlamentario de IU ha declarado que no piensa entregar su acta de diputado por cuatro razones: la acusación judicial no versa sobre un asunto de corrupción o de falta de ética; cuando otros compañeros de IU fueron procesados y juzgados por motivos similares no se les pidió la dimisión de sus cargos públicos; la acusación se basa en dar preeminencia a la palabra de una funcionaria contra la suya; y si la contratación de los monolitos se entendiese como un contrato de obra no habría ninguna actuación ilícita, pero si se entiende, como contrato de suministro –versión de la funcionaria- infringiría la legalidad.

¿Cuándo debe dimitir un cargo público por razones judiciales? No hay práctica unificada. Si miramos al PSOE, depende de la época y las circunstancias. Cuando Felipe González veía a su Administración acosada por escándalos de corrupción se puso el listón en la sentencia firme de los tribunales, lo que suponía una máxima inútil, porque el propio código penal impedía a los condenados seguir desempeñando el cargo. En tiempos recientes, en Asturias, se estableció la pauta de exigir el apartamiento de los cargos cuando se declare juicio oral. Hay quienes plantean que basta la imputación, con lo que dirigentes como el ministro de Soria deberían haber dejado la política hace tiempo, aunque luego los tribunales lo absolvieron de las acusaciones. Todo depende del carácter escandaloso del delito y del apoyo político que tenga el acusado. El asunto de los monolitos no generó ningún escándalo, en cuanto al apoyo de la organización de IU, está por ver.

En el fondo de este embrollo late una cuestión que no se nombra por su incorrección política. En todas las administraciones de unas ciertas dimensiones, en todas, se fraccionan contratos de suministro para hacer adjudicaciones directas, sin pasar por un concurso. Un suministro de 200.000 euros se fracciona en cuatro contratos (al no superar los 50.000 euros es legal la adjudicación). En caso de no hacerlo así, la actual lentitud de la Administración se convertiría en paralización, con cientos de concursos. Evitar ese efecto es el gran delito de Ángel González.

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por JUAN NEIRA

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