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Juan Neira

LARGO DE CAFE

SANCIÓN Y DEFENSA

La Presidencia de IU, máximo órgano ejecutivo de la fuerza política, acordó suspender de militancia a Ángel González y retirarle el cargo de portavoz del grupo parlamentario. La reunión se celebró en un clima de entendimiento y la decisión se tomó con veintiocho votos a favor y cinco en contra. Al acabar el encuentro, el coordinador general manifestó que se trataba de una decisión dolorosa, pero que por encima de todo prevalece el interés de la organización. Ante las críticas por actuar con pasividad, Manuel González Orviz señaló que como coordinador no puede permitirse el lujo de hablar a título individual, sino que debe reunirse el órgano de dirección para poder emitir una opinión en su nombre.

Mientras esto sucedía, el exportavoz participaba en un acto electoral del partido en las cuencas mineras. Ángel González recalcó que nada ni nadie le puede impedir defender a IU, como lleva haciendo desde el año 1986, cuando se fundó la fuerza política. Insistió en que la dirección actúa erróneamente y reiteró su inocencia. Sobre este asunto cabe hacer algunas consideraciones.

El juicio se celebró con todas las garantías que requiere el Estado de Derecho. Se siguió el procedimiento establecido y un tribunal independiente, cualificado y experto no dudó en condenarle por prevaricación administrativa, inhabilitándolo por siete años para desempeñar un cargo público. La apelación al Tribunal Supremo servirá para revisar todas las actuaciones, entre las que se encuentra el choque de testimonios entre el dirigente de IU y una funcionaria. Dos versiones radicalmente contrarias. Hubo otros testimonios en el juicio oral que no concordaron exactamente con lo dicho por esas personas en la instrucción del sumario. Para la defensa de Ángel González es distinto que dimita por propia iniciativa a que defienda su inocencia y sea desposeído del acta de diputado por los órganos de la Junta General del Principado. Si el Tribunal Supremo revoca la sentencia, en un caso no podrá decir nada porque dimitió voluntariamente, mientras que en el otro podrá exigir que sea resarcido por la decisión tomada erróneamente. Luego, queda el recurso ante el Tribunal Constitucional, que en este asunto resulta pertinente, ya que la defensa del exportavoz señaló la discriminación sufrida por su cliente desde el inicio. Un conjunto de consideraciones y matices que distorsionan el debate político.

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por JUAN NEIRA

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