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Juan Neira

LARGO DE CAFE

ALQUILER FORZOSO Y BARATO

Se ha publicado en el BOPA el anteproyecto de la Ley de Vivienda del Principado de Asturias, quedando expuesta a información pública y la consiguiente presentación de alegaciones. La norma marcadamente intervencionista, favorable a la creación de un gran parque de viviendas protegidas y con una apelación recurrente a los mecanismos coercitivos (inspectores, sanciones), aborda directamente la figura de los inmuebles desocupados, obligando a incorporarlos a fórmulas de arrendamiento ideadas por el Principado para evitar sanciones.

El tratamiento coercitivo, de momento, sólo se aplicará a propietarios (personas físicas o jurídicas) de diez o más viviendas, que la ley califica de grandes tenedores. Para controlar las viviendas deshabitadas se crea el Registro Autonómico de Viviendas Desocupadas del Principado de Asturias que tendrá como objetivo identificar, clasificar y realizar seguimiento de las viviendas de grandes tenedores que no tienen uso residencial durante más de doce meses consecutivos, sin que haya causa justificada, como podría ser una rehabilitación del inmueble.

Una vez constatada la falta de moradores en el piso o chalet, la ley ofrece tres posibilidades al propietario. Apuntarse de forma voluntaria (todo lo voluntaria que puede ser una decisión que en caso de no tomarla deriva en sanción) a un programa autonómico de «alquiler asequible con renta bonificada»; la segunda alternativa es ceder de forma temporal el uso del inmueble a la entidad pública de vivienda para arrendamiento social, «con garantías de cobro y reparación»; por último, la norma deja abierta la puerta a «otras medidas de colaboración público-privada que se establezcan reglamentariamente».

Detrás de dos alternativas concretas y un tercer planteamiento genérico sin concretar, el propietario del piso deshabitado se encuentra ante una sola opción: poner el inmueble en manos de la Administración para que esta lo alquile a un precio bajo (en un caso se habla de «alquiler asequible» y en el otro de «arrendamiento social con garantía de cobro»). Nada de compraventas ni de arrendar según el precio del mercado. El objetivo es incorporar las viviendas vacías al programa del Principado, ‘Alquilámoste’. En caso de que el propietario no se avenga al arrendamiento forzoso y barato, la norma contempla sanciones pecuniarias.

Desconozco el recorrido que tendría un recurso contra la norma, pero intuyo que la inversión en inmuebles en Asturias descenderá si se aprueba.

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por JUAN NEIRA

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