La polémica sobre los efectos políticos de la imputación del portavoz parlamentario de IU, Ángel González, lleva a dos reflexiones, una de carácter general, sobre la relación entre procesos penales y responsabilidades políticas, y otra de carácter particular: el modo de vivir los conflictos en el interior de IU.
Hace unos días, Cayo Lara, tratando de respaldar a Ángel González, hizo una aportación original al situar a la prevaricación fuera del territorio de la corrupción. El coordinador general de IU afirmó que la prevaricación, sin ánimo de lucro, no es corrupción. Al establecer esa nueva categoría demostró tener Cayo Lara un concepto muy reducido de corrupción, ya que todo delito que no sea traducible a euros no tiene que ver con ella. Desde los tiempos de Roma, hasta hoy, hay prácticas corruptas que no implican beneficio económico, sino ganancia de poder. Un alcalde que concede licencias urbanísticas según su libre albedrío corrompe tanto como el que reparte dinero público entre los vecinos sin otro fundamento que la arbitrariedad. Cualquier falsificación de la ley es corrupción.
ACCIDENTES
Frente al criterio restrictivo de Cayo Lara, hemos conocido un criterio muy amplio en la aplicación de responsabilidades políticas por conductas incorrectas, aunque sean ajenas a la corrupción. Un buen ejemplo fue lo sucedido con el ex alcalde socialista de Siero, Juan José Corrales, que por beber en exceso en noche de Comadres y equivocarse en una rotonda al volante del coche oficial quedó despojado de la Alcaldía. ¿No es merecedor de la confianza de sus convecinos un alcalde que toma mal una curva por haber bebido de más, sin que el incidente haya afectado a terceros? La dura medida impuesta en su día por la FSA es, como mínimo, discutible. Además, ¿por qué el exceso de sidra al volante invalida para la gestión pública, mientras que viajar a la velocidad de Benzema en el asiento trasero de un coche oficial no tiene penalización política?
El verdadero debate se centra en la relación entre procesos judiciales y consecuencias políticas. Cuando la corrupción alcanzó, por primera vez, los titulares de los periódicos, en las dos últimas legislaturas de Felipe González (todo lo sucedido desde diciembre de 1989, cuando estalla el escándalo de Juan Guerra), el partido en el poder puso en práctica una estrategia protectora, que consistía en esperar a la publicación de una sentencia condenatoria para exigir la dimisión de un cargo público. Es evidente que ese criterio lleva al choque con la opinión pública.
ROBESPIERRE
En la actualidad, se baraja el criterio contrario: a la primera citación judicial en calidad de imputado se le pide al político en cuestión el abandono de la responsabilidad pública. Como en estos tiempos hay mucho aprendiz de Robespierre, es oportuno llamar la atención sobre el carácter irreversible de la medida. Si un político es imputado por el juez en el sumario y termina el proceso judicial libre de polvo y paja no es restituido en su puesto, así que a la llamada “pena del telediario” se le suma la sanción de perder definitivamente el cargo público, con el agravante, de que muchas veces a ese cargo fue aupado por los ciudadanos con su voto.
Caben posturas intermedias, como la defendida hace unos días por Javier Fernández en la Cámara, al señalar como umbral para la petición de responsabilidades políticas la llegada como acusado al juicio oral. Con otras palabras, la incompatibilidad entre escaño y banquillo. Aún con ser una pauta prudente, no encaja en todos los casos. Hay escándalos que son incompatibles con la permanencia en el puesto público durante toda la instrucción del sumario. ¿Sería imaginable ver a María Jesús Otero en el puesto de directora general de Educación durante toda la tramitación judicial del “caso Renedo”? Y al contrario, hay acusaciones judiciales que deben ser casadas con sentencias para exigir dimisiones.
No hay una norma fija. Por mucho que incomode a los burócratas de partido, la relación entre imputación judicial y sanción política está relacionada con la dimensión del escándalo público. Es decir, la pérdida de responsabilidades institucionales tiene que ver con valoraciones políticas (escándalo público), no con provisionales calificaciones judiciales.
IU
Y, luego, está el método de IU, que consiste en utilizar el sumario como munición para la lucha política interna. La tipificación penal, en el caso de IU, es una disculpa, porque su problema está en el modo de ver la política como la supresión de rivales. Aunque no intervengan los jueces, la forma de solucionar los antagonismos consiste en borrar nombres.
Gaspar Llamazares salvó milagrosamente los muebles con la llegada de Cayo Lara, una suerte que no tuvo Valledor con la ascensión de Jesús Iglesias a la condición de candidato electoral. Roberto Sánchez Ramos tuvo que formar una candidatura triunfadora para ser readmitido en la fuerza política de toda su vida. Montes Estrada no aguantó ni un año fuera de la institución municipal sin ser alejado del poder político interno. Repasar lo ocurrido en las últimas décadas en las organizaciones de IU en las cuencas mineras llevaría a insistir en la misma conclusión: para que unos manden otros tienen que caer en el ostracismo. Aunque ningún caso fue tan injusto y mezquino como la marginación de Gerardo Iglesias, hace más de veinte años. Ahora le toca a Ángel González ver la llegada de los idus de marzo.