De conformidad con todo lo expuesto
DECRETA,
ARTICULO 1. El Consejo Interprovincial de Asturias y Leon, a partir de la fecha y la hora de este decreto se constituye en Consejo Soberano de gobierno de de todo el territorio de su jurisdiccion y a el quedan intregramente sometidas todas las jurisdiccions y oganismos civiles y militares que funcionen en lo sucesivo dentro del referido territorio.
ARTICULO 2. El propio Consejo Soberano, a la vista de los acontecimientos favorables que se produzcan en el curso de la guerra determinara el momento de despegarse de las funciones soberanas que hoy asume.
ARTICULO 3. De este Decreto se dara cuenta al Gobierno de la Republica para su convalidacion, sin perjuicio de de su absoluta urgencia,impuesta por el imperio de las circunstancias, desde este mismo momento de la promulgacion.
Dado en Gijon, a las 24 horas del dia 24 de agosto de 1937.
A 200 kiometros de cualquier espacio republicano, tomaron esa decision, que causo un profundo malestar en Manuel Aza;a y que ordeno a Belarmino Tomas a acudir de inmediato a Valencia.
Belarmino decidio no dejar el territorio y mando a Amador Fernandez en su lugar.
Cuando en octubre los bombardeos sobre Gijon eran de 3 o 4 al dia de la Legion Condor, Belarmino mando un Ultimatum a la Sociedad de Naciones. O paraban los bombardeos o tenia un barco con 500 prisioneros en San Lorenzo.
Todo ello, en mi opinion fue reflejo de la integracion del Gobierno , integrado la mayoria por aquellos sin nombre que toda su vida habian tomado dia a dia sus decisiones para poder sobrevivir.
El Consejo Soberano de Asturias y Leon, estuvo al frente del Frente Norte del 25 de agosto al 20 de octubre de 1937.