La resolución del 37º Congreso socialista donde se abre una puerta para que los emigrantes puedan votar en las elecciones municipales tiene truco. Se lo explico. Sólo podrán votar aquéllos que tengan un convenio firmado de reciprocidad con el Estado Español, esto es, los que en su país de origen tengan reconocido el derecho de voto a los emigrantes españoles. Es, por otra parte, lo que marca nuestra Constitución y, por tanto, salirse de esa norma implicaría una reforma de la misma como ya se hizo para el Tratado de Maastrich. Así, ciertos colectivos como los ciudadanos chinos y ecuatorianos -muy numerosos, por otra parte- no poseen convenio ninguno, por lo que, pese a que el Gobierno les dé el voto, no podrán ejercerlo.
Pues bien, aunque sea una cifra inferior a la que pensamos tenemos que considerarlos como una fuerza electoral emergente. Normalmente, cuando se concede el voto a un colectivo que no lo posee suele premiar a quien se lo permite, en este caso, claramente, al Partido Socialista. No obstante, éste ha dado los pasos necesarios para incorporarlos a su caladero electoral, dando, por ejemplo, un puesto en la Ejecutiva a una emigrante. Por otra parte, la política que ha seguido el Partido Popular respecto a los emigrantes ha sido errónea y tendrá que rectificarla. Primero, planteando un difuso “contrato de integración” que no convenció a nadie y segundo, señalando casi a la emigración como un problema. Estamos, pues, ante un escenario donde, a día de hoy, parte con ventaja el PSOE pero, lógicamente, en un futuro y si la crisis económica penaliza a la emigración, las cosas pueden cambiar.