{"id":2994,"date":"2017-02-21T13:05:12","date_gmt":"2017-02-21T12:05:12","guid":{"rendered":"http:\/\/blogs.elcomercio.es\/retorcida-realidad\/?p=2994"},"modified":"2017-02-21T13:05:12","modified_gmt":"2017-02-21T12:05:12","slug":"varapalo-a-la-plusvalia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/retorcida-realidad\/2017\/02\/21\/varapalo-a-la-plusvalia\/","title":{"rendered":"Varapalo a la plusval\u00eda."},"content":{"rendered":"<p><a href=\"\/retorcida-realidad\/wp-content\/uploads\/sites\/4\/2017\/02\/imgres5.jpg\"><img loading=\"lazy\" class=\"alignleft size-full wp-image-2997\" title=\"imgres\" src=\"\/retorcida-realidad\/wp-content\/uploads\/sites\/4\/2017\/02\/imgres5.jpg\" alt=\"\" width=\"240\" height=\"140\" \/><\/a>El Tribunal Constitucional ha anulado el impuesto de plusval\u00eda municipal. <strong>Ya saben, ese tributo, molesto, caro e injusto que grava las transmisiones de los bienes inmuebles.<\/strong> Adem\u00e1s, lo ha hecho con una l\u00f3gica aplastante. La plusval\u00eda en la pr\u00e1ctica se paga siempre al cambiar un inmueble de titularidad, independientemente de si, efectivamente, existe alguna ganancia en ello. <strong>Quiero decir que si el bien en cuesti\u00f3n ha generado p\u00e9rdidas al vendedor el resultado va a ser exactamente el mismo: a ingresar.<\/strong> Por tanto, lo que se pregunta el Constitucional es qu\u00e9 sentido tiene un impuesto donde, dicho de otra manera, se acaba pagando pese a que en su seno est\u00e1 el concepto mercantil de beneficio. La raz\u00f3n del mismo es la presunta revalorizaci\u00f3n del valor del suelo por la acci\u00f3n urbanizadora de los ayuntamientos. Sin embargo, como consecuencia del estallido de la burbuja inmobiliaria (finales de 2007) muchos propietarios obtuvieron p\u00e9rdidas cuando se vieron forzados a deshacerse del patrimonio. Esto es, vend\u00edan el bien \u2013comprado a precio de pleno \u00abboom\u00bb- y no s\u00f3lo ni cubr\u00edan la hipoteca, sino que adem\u00e1s ten\u00edan que pagar al ayuntamiento de turno. <strong>Algo, la verdad, completamente ins\u00f3lito que sigue el &#8220;modus operandi&#8221; de un casino: la casa siempre gana.<\/strong> Porque, vamos a ver, si el impuesto de plusval\u00eda municipal no reconoce las p\u00e9rdidas en las transmisiones inmobiliarias, \u00bfde qu\u00e9 estamos hablando entonces? \u00bfDe un segundo Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) que penaliza tambi\u00e9n la propiedad? Al cabo de los a\u00f1os, la plusval\u00eda municipal ha ido adquiriendo\u00a0 importancia en los presupuestos. Sin ir m\u00e1s lejos, en nuestra ciudad es el segundo en recaudaci\u00f3n, s\u00f3lo superado por el IBI, y para el presente ejercicio est\u00e1 previsto ingresar 16,5 millones de euros. <strong>Un piso medio, con un valor del suelo no muy elevado y el m\u00e1ximo de pertenencia en poder del due\u00f1o (20 a\u00f1os), acabar\u00e1 pagando cerca de los 3.000 euros cuando cambie de manos.<\/strong> El doble si estamos hablando de zonas c\u00e9ntricas. Por tanto, no cabe otra que redise\u00f1ar el impuesto de plusval\u00eda ya que ha quedado tocado de muerte. Es decir, o bien se reconoce que se pueden generar minusval\u00edas (algo t\u00e9cnicamente bastante dif\u00edcil), o bien una f\u00f3rmula completamente nueva que sea m\u00e1s justa (quiz\u00e1 ligada al Impuesto de la Renta). En cualquier caso, este fallo del Constitucional cambiar\u00e1 su forma para siempre. De no hacerlo, los ayuntamientos se van a enfrentar a una catarata de demandas judiciales. <strong>Cada vez que se venda un inmueble y su due\u00f1o pueda demostrar p\u00e9rdidas\u2026\u00a1zas!, contencioso a la vista.<\/strong><\/p>\n<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on the_content --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on the_content -->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Tribunal Constitucional ha anulado el impuesto de plusval\u00eda municipal. Ya saben, ese tributo, molesto, caro e injusto que grava las transmisiones de los bienes inmuebles. Adem\u00e1s, lo ha hecho con una l\u00f3gica aplastante. La plusval\u00eda en la pr\u00e1ctica se paga siempre al cambiar un inmueble de titularidad, independientemente de si, efectivamente, existe alguna ganancia [&hellip;]<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on get_the_excerpt --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on get_the_excerpt --><\/p>\n","protected":false},"author":5,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[2],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/retorcida-realidad\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2994"}],"collection":[{"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/retorcida-realidad\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/retorcida-realidad\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/retorcida-realidad\/wp-json\/wp\/v2\/users\/5"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/retorcida-realidad\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2994"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/retorcida-realidad\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2994\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/retorcida-realidad\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2994"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/retorcida-realidad\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2994"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.elcomercio.es\/retorcida-realidad\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2994"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}