Hace unos días que ha fallecido la madre de Javier. Los únicos bienes de la herencia son una pequeña cantidad de dinero en el banco, una parte de una finca no edificable y algunas deudas. A Javier no le interesa heredar nada y no quiere tener que encargarse de ninguna gestión. Su hermana le ha dicho que ella se hará cargo de todo, pero que tiene que ir a una notaría a firmar una “renuncia pura y simple”. Nos pregunta qué significa esto y si efectivamente tiene que hacerlo en una notaría o puede hacerlo por documento privado para ahorrarse el coste.
Si tienes claro que no quieres ser heredero y no te interesa ninguno de los bienes de la herencia lo mejor que puedes hacer, tal y como tu hermana te indica, es hacer una renuncia ante Notario. De ese modo no serás responsable de hacer la liquidación del Impuesto de Sucesiones ni de pagar ninguna de las deudas pendientes. Tu parte en la herencia acrecerá al resto de los herederos. Ahora bien, es necesario que hagas la renuncia en documento público, no siendo suficiente un documento privado. En cuanto a tu hermana, si tu madre tenía deudas pendientes, sería recomendable que aceptase la herencia a beneficio de inventario, de modo que no tenga que llegar a responder de las deudas de la herencia con su propio patrimonio.