NUEVO VIDEO: CUSTODIA COMPARTIDA
Cuando se produce una ruptura de pareja y existen niños, la cuestión más importante por decidir es quien va a encargarse de cuidarlos. En este punto la custodia compartida, en la que ambos progenitores participan de los cuidados y atenciones, va ganando puntos, aunque todavía no es es sistema más utilizado. Pero ¿sabemos como funciona una custodia compartida? ¿cuándo puede o no establecerse? ¿habrá que pagar alimentos igualmente? ¿el reparto de tiempo entre padre y madre tiene que ser al cincuenta por ciento?
Lo cierto es que la mayor parte de las personas que nos consultan creen tener las respuestas, pero muchos se equivocan. Es importante entender lo que significa la custodia compartida y ajustar expectativas.
El primer error es pensar que siempre será posible, con independencia de las circunstancias. No es así. Para que pueda establecerse un sistema de custodia compartida que pueda funcionar y no perjudique a los niños es imprescindible que los dos progenitores vivan suficientemente cerca para que sea práctico y operativo llevarlos al colegio, a sus actividades extra escolares, a su pediatra… En definitiva, hay que intentar mantenerlos siempre en su entorno, con independencia de que estén con su padre o su madre. Por ello no cabe este sistema cuando tras la ruptura se establecen domicilios en distintas ciudades, siendo más complicado o incluso imposible cuanto mayor sea la distancia. Pero no solo la distancia es un problema. También el tiempo disponible para cuidar a los niños. Si uno de los progenitores tiene un horario de trabajo que se prolonga toda la jornada o implica viajes habituales, difícilmente podrá encargarse de los niños. No se trata de dejarlos al cuidado de extraños, a no ser que ambos padres tengan que recurrir a ayuda de terceros. También es imprescindible que los dos puedan mantener una comunicación. No es necesario que se lleven de maravilla, porque si se ha producido una ruptura es normal cierta tensión, pero no es compatible la custodia compartida con precedentes de malos tratos, faltas de respeto constantes y graves o criterios completamente contrarios respecto al cuidado y educación de los hijos. Respeto y coherencia son pilares básicos para construir una custodia que no perjudique a los menores.
El segundo error es creer que por el mero hecho de establecer una custodia compartida no será necesario establecer una pensión alimenticia, pues cada uno de los progenitores se encargará de los gastos que los niños generen cuando estén a su cuidado. No siempre es así. En algunos casos sí será de ese modo, como por ejemplo, cuando padre y madre tengan ingresos similares y los niños pasen aproximadamente la mitad del tiempo con cada uno. Sin embargo, en la medida en que exista un desequilibro económico entre uno y otro o si los niños pasan mas tiempo con uno que con otro, puede entrar en juego el establecimiento de una pensión alimenticia. Por ejemplo, si la madre no trabaja y el padre sí, aunque los niños pasen la mitad del tiempo con cada uno, habrá que fijar una pensión alimenticia para cubrir los gastos de los niños cuando están con la madre, en tanto ella no tenga ingresos propios. Además habrá que establecer también la forma en que se contribuirá a los gastos extraordinarios de los pequeños.
Por último, otro error habitual es pensar que la custodia compartida siempre tiene que implicar un reparto del tiempo al cincuenta por ciento, por ejemplo, semanas alternas o quincenas alternas. Cierto que puede ser así, pero no tiene por qué serlo. La custodia compartida significa que ambos progenitores van a encargarse del cuidado de los niños, pero cuanto tiempo pasarán con cada cual habrá que determinarse en cada caso tras analizar la situación concreta.
En consecuencia, es importante consultar con un abogado y explicarle con todo detalle las circunstancias de la familia, para poder valorar si sería factible solicitar y obtener la custodia compartida. Nuestra recomendación es intentar el acuerdo, buscando siempre lo mejor para los niños y cuando el acuerdo no es posible, analizar todas y cada una de las posibilidades, reclamando judicialmente la custodia compartida cuando se den los requisitos necesarios para que los niños puedan estar perfectamente atendidos por ambos progenitores.
En este nuevo vídeo de nuestro canal de youtube explicamos estas cuestiones.
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