Una de las consultas habituales en nuestro despacho es la de un inquilino que agobiado por sus problemas económicos o personales se ve obligado a abandonar la vivienda arrendada a pesar de que el contrato sigue vigente. Las preocupaciones lógicas son si puede irse, si el arrendador le puede reclamar la renta igualmente y cómo y cuándo debe avisarle.
La respuesta varía en función de la fecha en que se haya firmado el contrato y tampoco es la misma si hablamos de vivienda habitual o de locales u otro tipo de usos. Vamos a centrar por tanto la respuesta en arrendamientos destinados a vivienda habitual que se hayan firmado tras las últimas novedades legislativas, es decir, a partir del 6 de junio de 2013, que son los casos mas frecuentes.
¿Puede irse el inquilino? Sí que puede hacerlo, incluso aunque esta posibilidad no se haya contemplado expresamente en el contrato. Eso sí, debe cumplir unos requisitos.
En primer lugar, es imprescindible cumplir como mínimo los seis primeros meses de duración del contrato, es decir, el inquilino no puede irse durante ese tiempo inicial y si lo hace obviamente tendrá que pagar la renta.
En segundo lugar, hay que avisar al arrendador con una antelación mínima de treinta días. Importante es hacerlo de forma fehaciente y si sabemos antes cuándo nos tendremos que ir aumentar en lo posible la antelación del aviso, para asegurar que podremos irnos cuando queremos y no exponernos a problemas de comunicación.
Finalmente ¿tiene el arrendador derecho a una indemnización? La respuesta depende, ahora sí, de lo que hayamos indicado en el contrato, puesto que si no se ha recogido esta posibilidad no podrá luego reclamarse indemnización alguna. Si se tuvo la precaución de pactar el derecho del arrendador a percibir una compensación en caso de desistimiento del inquilino, la cantidad no queda a expensas del acuerdo, sino que ha de ser la indemnización legalmente establecida: una mensualidad de renta por cada año de contrato que reste por cumplir. Si fuera un tiempo inferior al año se prorrateará esta cantidad.
Con este sistema los inquilinos pueden firmar tranquilos sus contratos, pues si la situación cambia tendrán posibilidades de irse sin graves consecuencias.
Explicamos este tema en un nuevo vídeo de nuestra canal de youtube. Este es el enlace:
¿Puede irse el inquilino antes de que termine el contrato?
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