Lorena está divorciada y tiene una hija de ocho años. En el convenio regulador se estableció que la niña pasaría con el padre la mitad de las vacaciones de verano, Navidad y Semana Santa, eligiendo el periodo el padre los años impares y la madre los años pares. Hasta ahora, en las vacaciones de verano, los dos progenitores habían optado por repartir el tiempo en quincenas, para evitar que la niña estuviera mucho tiempo separada de uno u otro. Este año el padre le ha comunicado por escrito el tiempo que elige durante el verano y ha optado por acumular todo su tiempo, que es algo más de un mes. Nos pregunta si puede tomar esta decisión sin contar con su consentimiento y si puede exigir mantener algún contacto con la niña durante ese tiempo.
Si el convenio regulador solamente indica mitad de periodos vacacionales con cada progenitor, sin especificar que en verano haya que repartir el tiempo por quincenas, el padre está en su derecho de elegir su periodo de modo continuado. No necesita contar con tu consentimiento y durante ese tiempo no está obligado a permitirte ver a la niña. No obstante, si tu relación con el padre de la niña es dialogante te recomendamos que hables con él para intentar mantener cierto contacto con ella, al menos telefónico, para que puedas estar informada de como están yendo las cosas esos días, pero sin olvidar que el objetivo común debe ser buscar la solución que permita que la niña esté lo mas tranquila posible durante su estancia y sin que los mayores le transmitan sus temores.