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Juan Neira

LARGO DE CAFE

A VER SI NOS ACLARAMOS TODOS

Tratemos de clarificar. El programa de fiscalización de la Sindicatura no puede quedar al albur de la libre interpretación de los síndicos porque el campo de actuación de la institución está tasado por normas. Hay entidades que se pueden auditar y otras cuyo control carece de base legal. Las sociedades que dependen íntegramente de las administraciones no ofrecen duda, ya que pueden ser auditadas por la Sindicatura. De las sociedades privadas tampoco cabe discusión, porque no tienen que rendir cuentas al Parlamento. Hay una tercera categoría que son las sociedades mixtas, con participación de entes públicos y privados, en las que la Sindicatura tiene un protagonismo matizado. Cuando hay mayoría del capital público, las cuentas de esas sociedades pueden ser auditadas. Si el componente privado es mayoritario, la Sindicatura pueden controlar la gestión de las subvenciones públicas que reciban, pero no cabe una auditoría pública sobre una sociedad con dominio privado.

El consejo de la Sindicatura pidió autorización para auditar a Asturgar, Fundación La Laboral, Centro de Arte y Creación Industrial, Fundación Nuevas Tecnologías y Cultura, Fundación para el Progreso del Soft Computing y Fundación Archivo de Indianos. Los técnicos de la Sindicatura advirtieron a los síndicos de que estas sociedades no tienen consideración de cuentadantes, por no tener una mayoría de capital público ni estar bajo dominio público. Los letrados de la Junta General del Principado corroboraron este criterio. La razón por la que los síndicos pretendieron fiscalizarlas está sin aclarar.

Entre las sociedades mixtas con una situación particular se encuentra Sogepsa, donde la mayoría del capital público se logra sumando la participación del Principado y de los ayuntamientos. Los servicios de asesoramiento del Gobierno regional entienden que no debe ser fiscalizada por la Sindicatura al tener el Principado menos de un 50% del capital. Sin embargo, el Tribunal de Cuentas propone auditar a las sociedades que tienen más de la mitad del capital en manos públicas aunque esa participación esté repartida entre varios entes. Y lo que es más importante: los tres grupos parlamentarios de la Cámara optan por ese control. La Sindicatura tiene que estar a lo que decida el Parlamento.

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por JUAN NEIRA

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